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Ganancias, bienes personales y monotributo: los cambios que afectan al bolsillo

El Congreso sanción el Paquete Fiscal con cambios en relación al pago de impuestos de las personas. Cuáles son, a quienes involucra y cuánto dinero implica para los contribuyentes.
Se aprobó el impuesto a las Ganancias Foto: Juan Mateo Aberastain/MDZ
Se aprobó el impuesto a las Ganancias Foto: Juan Mateo Aberastain/MDZ

La reposición del Impuesto a las Ganancias sobre los salarios y la actualización del impuesto a los Bienes Personales fueron los dos principales cambios que sufrió el proyecto del Paquete Fiscal que salió del Senado. 

Mediante una interpretación, que a la oposición le pareció forzada o directamente inconstitucional, el oficialismo logró que la Cámara de Diputados ratifique el texto que había salido originalmente y de esta forma rechazar la eliminación que produjo el Senado.

Esta situación, además de la sanción de otros aspectos de la ley Bases, ya provocó que la CGT realizará denuncias ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Comisión Internacional de Derechos Humanos (CIDH) y también ante la Confederación Sindical Internacional.

Vuelve Ganancias

Con la iniciativa del ex ministro de Economía, Sergio Massa, el Impuesto a las Ganancias de la cuarta categoría fue eliminado en 2023, lo que generó un amplio apoyo en el mundo gremial, pero fuertes preocupaciones a las provincias que se quedaron sin un impuesto coparticipable.

Foto: Juan Mateo Aberastain/MDZ

Las necesidades de financiamiento del Estado Nacional, el agujero fiscal de las provincias y la obligación del oficialismo de buscar consensos con los gobernadores, obligaron a Javier Milei a inclumplir la promesa electoral de no aumentar impuestos y de inclumplir los acuerdos concretaron en el Senado con diversos legisladores cuando se eliminó el Impuesto a las Ganancias.

La nueva ley obligará a los trabajadores en relación de dependencia que cobren más de $1.800.000 de sueldo bruto, es decir, más de $1.494.000 netos, en el caso de los solteros, ó más de $2.300.000 brutos o $1.781.000 netos, en el caso de los casados, a pagar el impuesto.

De esta manera, cerca de 800.000 trabajadores que habían quedado exentos con la ley anterior volverían a pagar el impuesto con alícuotas que van del 5% al 35%.

La actualización se realizará cada tres meses 2024 y de forma semestral a partir del Índice de Precios al Consumidor (IPC) desde 2025.

Baja en Bienes Personales

El Título III del Paquete Fiscal, aunque fue rechazado por el Senado, la cámara de Diputados también repuso. Se trata de la reforma el Impuesto a los Bienes Personales que eleva de $27 millones a $100 millones el Mínimo no Imponible y establece alícuotas progresivas que van del 0,5% a 1,5%.

Se vienen cambios en el pago de impuestos. Archivo MDZ

La nueva ley elimina las diferencias entre bienes locales y bienes en el exterior, que actualmente pagan una alícuota del 2,25%.

Para las declaraciones juradas de los patrimonios de 2023, que deben presentarse en las próximas semanas, las alícuotas quedarán entre 0,5% y 1,50 por ciento.

El tributo alcanza a cuentas bancarias en el país o en el exterior, dinero en efectivo, rodados y muebles de inversiones.

Los contribuyentes cumplidores obtendrán una reducción de 0,5% según la alícuota que paguen del tributo. Se autoriza el pago adelantado por cinco años del impuesto de Bienes Personales con un alícuota especial de 0,45% por año.

Monotributo

Otro de los puntos en disputa es el de los cambios al monotributo. La ley actualiza los topes de facturación y cuotas, con subas de entre 300 y 330 %. El ingreso tope anual sería de $68 millones y elimina la diferenciación entre actividades, como comercio y servicios, para estar en el régimen simplificado.

Además, suben los montos de toda la escala y los importes a pagar. Los monotributistas de la categoría A, de menores ingresos, podrían facturar hasta $6.450.000 anuales. Para aquellos que se encuentren en la categoría K, la más alta, el monto ascendería a 68 millones de pesos.

Se aumenta también el monto que pagan en concepto del impuesto integrado, y de los aportes al régimen jubilatorio y a la obra social. De esta forma, las cuotas a pagar pasan de $12.128 a $26.600 (categoría A) y de $66.111 a $280.734 (categoría H).

Se fijar en $385.000 el precio unitario de facturación tanto para quienes ofrezcan servicios como para quienes vendan productos. La actualización de todos estos montos es anual por inflación.

La ley permite a pequeños contribuyentes regresar por única vez a quienes hayan pasado al régimen general por haberse excedido en el tope permitido.

También posibilita que aquellos que fueron excluidos de oficio a partir del 1° de enero de este año puedan volver al régimen sin esperar los tres años si cumplen con los nuevos parámetros.

El monotributo social, el régimen que permite a sectores de la economía popular facturar por sus actividades comerciales con una cuota mensual reducida, finalmente se mantiene.