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La AFIP extendió el plazo para recategorizar el monotributo: hasta cuándo hay tiempo

Para realizar el trámite es necesario ingresar al sito web del organismo y contrastar los ingresos anuales con los topes asignados en cada categoría.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 27 de julio inclusive el plazo para realizar la recategorización obligatoria del monotributo.

Según la normativa, los monotributistas deben contrastar cada seis meses sus ingresos de los últimos 12 meses contra los nuevos topes de facturación que se establecen y ubicarse en la categoría correspondiente.

Para realizar el trámite hay que ingresar al sitio web del organismo con clave fiscal. Si no se hace, se entiende que no hubo cambios y se mantiene la misma categoría.

Aunque el periodo original era del 1 al 20 de julio de 2023, el organismo recaudador estiró una semana los plazos. Los monotributistas deben evaluar, dempas de los ingresos brutos acumulados, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados. Luego tiene que consultar la tabla de categorías de monotributo vigente. 

No corresponde hacer la recategorización si transcurrieron menos de 6 meses desde la inscripción al régimen simplificado. En cambio, si el período es entre 6 meses y menos de 12, se deben anualizar los ingresos para hacer la recategorización.

El importe correspondiente a la nueva categoría se abona en el mes siguiente al de la recategorización.

La AFIP, además, está facultada para asignar una categoría de oficio a aquellos que estime cuando los datos contrastados así lo determinen.