La AFIP extendió el plazo para recategorizar el monotributo: hasta cuándo hay tiempo
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 27 de julio inclusive el plazo para realizar la recategorización obligatoria del monotributo.
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Según la normativa, los monotributistas deben contrastar cada seis meses sus ingresos de los últimos 12 meses contra los nuevos topes de facturación que se establecen y ubicarse en la categoría correspondiente.
Para realizar el trámite hay que ingresar al sitio web del organismo con clave fiscal. Si no se hace, se entiende que no hubo cambios y se mantiene la misma categoría.
Aunque el periodo original era del 1 al 20 de julio de 2023, el organismo recaudador estiró una semana los plazos. Los monotributistas deben evaluar, dempas de los ingresos brutos acumulados, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados. Luego tiene que consultar la tabla de categorías de monotributo vigente.
No corresponde hacer la recategorización si transcurrieron menos de 6 meses desde la inscripción al régimen simplificado. En cambio, si el período es entre 6 meses y menos de 12, se deben anualizar los ingresos para hacer la recategorización.
El importe correspondiente a la nueva categoría se abona en el mes siguiente al de la recategorización.
La AFIP, además, está facultada para asignar una categoría de oficio a aquellos que estime cuando los datos contrastados así lo determinen.