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Monotributo: hasta cuándo hay plazo para recategorizarse y cuáles son las escalas

Se acerca la fecha límite para hacer la recategorización en el Régimen Simplificado para pequeños contribuyentes y es preciso saber qué hacer en ese caso. Toda la data sobre cómo hacer la recategorización y cuál es el monto de facturación máximo por categoría.
La recategorización en el monotributo se hace dos veces al año según varias parámetros, entre ellos la facturación y determinará la nueva categoría al menos por seis meses. Foto: AFIP
La recategorización en el monotributo se hace dos veces al año según varias parámetros, entre ellos la facturación y determinará la nueva categoría al menos por seis meses. Foto: AFIP

El Régimen Simplificado para pequeños contribuyentes, más conocido como monotributo tiene varios beneficios, en especial para las pymes pero también para trabajadores por cuenta propia y profesionales independientes e incluso para quienes tienen un trabajo en relación de dependencia, con los aportes y contribuciones que eso supone pero de pronto les sale algún trabajo extra o una oportunidad laboral a tiempo parcial.

Así, el monotributo es una manera de estar en regla con la Administración Federal de Ingresos Públicos  (AFIP) pagando sólo un monto al mes contempla un impuesto integrado que reemplaza a IVA e Impuesto a las Ganancias, ms un componente previsional (SIPA) y otro por Obra Social.

Pero entre las obligaciones impone además del pago una vez mes de la cuota del monotributo a la categoría que corresponde, dos recategorizaciones al año, si han cambiado los parámetros de las categorías. La primera de ellas es en enero y la segunda en julio.

Este jueves 20 vence la recategorización correspondiente al período de 12 meses que va de julio de 2022 a junio de 2023, por  lo que todos aquellos  que hayan tenido una modificación en alguno de los cuatro parámetros fijados por la AFIP para cada categoría deben hacer el trámite de recategorización.

Los parámetros considerados van desde la facturación el último año móvil, la superficie afectada a la actividad, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados por locales o plantas relacionadas a la actividad económica. 

Los contribuyentes podrán consultar los motivos de la recategorización de oficio en el portal de monotributo y en caso de corresponder la recategorización se hace con clave fiscal a través de la página de AFIP.

Las escalas en cuanto a facturación van de tope anual van de $ 1.414.762,58 en la categoría A, la más baja hasta $ 7.996.484,12 para la provisión de servicios (categoría H) o $ 11.379.612,01 en la categoría K para la venta de cosas muebles.

Éstas son los parámetros de ingresos brutos anuales por categoría vigentes desde el 1° de julio de 2023:

En caso de corresponder una recategorización y no hacerla la AFIP puede asignar una categoría de oficio a los monotributistas. Esto sucede cuando a través de controles sistémicos que habitualmente realiza el organismo, se detecta que un contribuyente realizó compras, gastos o acreditaciones bancarias por un valor superior a los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la cual un está inscripto.

Si hubiera una recategorización de oficial el organismo recaudador informará a los contribuyentes alcanzados a través del Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) el primer día hábil de agosto.