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Gripe aviar: Sergio Massa tomó una medida clave para asistir a productores avícolas

En febrero último, el Gobierno declaró el estado de emergencia sanitaria en todo el país ante la aparición del virus de la gripe aviar y estableció medidas extraordinarias para mitigar su impacto.

Ante la escalda de casos de gripe aviar detectados en Argentina, se tomaron una serie de medidas sanitarias que generaron gran impacto económico en los productores avícolas.  Es por ello, que el Ministerio de Economía creó en el ámbito de la Secretaría de Agricultura, el "Programa de Asistencia Económica por la Emergencia Sanitaria" que destinará $ 7.450 millones.

Según lo dispuesto, el nuevo Programa se financiará con los fondos provenientes del Fondo de Incremento Exportador, creado por el Decreto Nº 576 del 4 de septiembre de 2022, por hasta $7.450.000.000 millones. Es decir, que se financiarán con recursos del dólar soja.

El objetivo es "asistir a los productores avícolas en la mitigación del impacto económico ocasionado por el sacrificio sanitario de aves de corral y/o destrucción de huevos fértiles y/o huevos frescos, con motivo de la detección y/o sospecha de contagio de Influenza Aviar H5 y H7, mediante la asignación de un beneficio económico", de acuerdo con la resolución publicada en el Boletín Oficial.

El Ministerio de Economía destinará $ 7.450 millones para asistir productores avícolas afectados por influenza aviar.

Cuáles son los requisitos para recibir la ayuda económica

Economía estableció que podrán ser beneficiarios aquellos productores y productoras avícolas (personas humanas o jurídicas) que cumplieren los requisitos siguientes:

  • Tener registrado el establecimiento bajo su titularidad en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA).
  • Haber sido afectados por una medida de sacrificio de aves de corral y/o destrucción de huevos fértiles y/o huevos frescos con motivo de la detección y/o sospecha de contagio del virus de Influenza Aviar.
  • No haber obstaculizado o impedido la labor de los agentes del SENASA en ninguna de las instancias del procedimiento de intervención de emergencia sanitaria.
  • Haber notificado de manera inmediata al SENASA ante la aparición de síntomas de Influenza Aviar.
  • Que los animales presentes en el establecimiento, al momento de realizar las acciones sanitarias, hayan ingresado oportunamente al mismo, amparados por la documentación sanitaria correspondiente.

Establecida la procedencia del beneficio, su monto será determinado en función de la cantidad de aves y huevos consignados en el acta respectiva del Senasa, multiplicada por los valores unitarios de compensación establecidos para cada categoría.

Los interesados en obtener el beneficio, a partir del sexto día hábil siguiente de la fecha de expedición del acta de sacrificio correspondiente y hasta un plazo máximo de 30 días posteriores, deberán ingresar a través del servicio Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca. Autogestión SAGyP del sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

El Ministerio de Economía destinará $ 7.450 millones para asistir productores avícolas afectados por influenza aviar.

También tendrán que solicitar expresamente el beneficio en el marco del programa, autorizar al Senasa a suministrar a la autoridad de aplicación la información correspondiente, constituir domicilio en una casilla de correo electrónico que será válida a todos los efectos legales, notificaciones y requerimientos de información, indicar una Clave Bancaria Uniforme (CBU) de una cuenta bancaria en moneda pesos a su nombre, e ingresar los demás datos necesarios para efectivizar el beneficio.

Las productoras y productores que tuvieren en su poder actas de sacrificio labradas con anterioridad a la publicación de la presente resolución, podrán solicitar el beneficio en el plazo de 30 días subsiguientes a partir de hoy.

Vencido el término de los plazos establecidos, la productora o el productor no podrá solicitar la asignación del beneficio en relación con el acta respectiva.