Se agota el tiempo: vence el plazo para deducir Impuesto a las Ganancias
El próximo 31 de marzo vence el plazo presentar el formulario de declaración jurada para realizar las deducciones
El próximo 31 de marzo vence el plazo presentar el formulario de declaración jurada F. 572 Web para realizar las deducciones del impuesto a las Ganancias correspondientes al período fiscal 2022.
Tal como informa la AFIP, el trámite se realiza de manera digital y se realiza totalmente en línea, con clave fiscal nivel de seguridad 2 o superior, a través del sistema “SIRADIG – Trabajador.
En esta oportunidad el sistema permitirá aplicar la deducción por gastos en servicios y herramientas con fines educativos. Para el período fiscal 2022, esta deducción tiene un tope de $ 101.025,94. Además, se podrán incluir las sumas correspondientes a servicios y herramientas de educación que el contribuyente pague por quienes sean cargas de familia y por sus hijos mayores de edad de hasta 24 años.
¿Qué otros gastos se pueden deducir?
Cargas de familia. Los topes son:
- Por cónyuge: $ 235.457,25
- Por hijos: $ 118.741,97
- Por hijos incapacitados para el trabajo: $ 237.483,94
Más deducciones
- Alquileres: el tope es de $ 252.564,84.
- Cuotas médico – asistenciales: no podrá superar el 5% de la ganancia neta del ejercicio acumulada.
- Casas particulares: tope de $ 252.564,84
- Intereses por préstamos hipotecarios: hasta un importe de $ 20.000 anuales.
- Gastos de sepelio: hasta el tope de $ 996,23.
- Primas que cubran el riesgo de muerte y primas de ahorro: tope de $ 42.921,24
- Donaciones: Hasta el límite del 5% de la ganancia neta del ejercicio acumulada.
- Gastos de movilidad, viáticos y otras compensaciones análogas abonados por el empleador: tope de $ 101.025,94
- Planes de seguro de retiro privados: tope de $ 42.921,24.