Cierran el grifo

Ya rigen nuevas restricciones para importar: a qué productos alcanza

La Secretaría de Comercio Interior dispuso la ampliación del listado de productos alcanzados por licencias no automáticas. Incluye bienes de consumo pero también insumos, bienes intermedios y hasta bienes de capital.

Carlos Boyadjian
Carlos Boyadjian miércoles, 5 de octubre de 2022 · 12:06 hs
Ya rigen nuevas restricciones para importar: a qué productos alcanza
El secretario de Comercio Interior, Matías Tombolini, es el encargado de aprobar las licencias no automáticas a un amplio listado de productos. Foto: Telam

La política de cuidar los dólares tiene desde hoy una nueva medida defensiva. La Secretaría de Comercio Interior dispuso la ampliación del listado de bienes que a partir de hoy deberán pasar por el trámite de aprobación de su ingreso al país. Incluyen palos de golf, esquíes y patines de hielo, o hidrolavadoras, pero la nómina es mucho más amplia.

A través de la Resolución 26 de la secretaría a cargo de Matías Tombolini, publicada este martes en el Boletín Oficial y en vigencia desde las cero de hoy, el Gobierno dispuso apretar un poco más el torniquete sobre los productos importados, buscando cuidar al extremo los dólares de la soja que tanto costó conseguir.

Fueron US$ 8123 millones que ingresaron por exportaciones del complejo sojero a $200 por dólar, en una medida dispuesta por el Ministerio de Economía para incentivar las liquidaciones anticipadas entre el 5 y el 30 de septiembre. Se estima que sólo unos US$ 3000 millones terminaron "engordando" las reservas internacionales del Banco Central, el resto se destinó a importaciones de energía, de insumos, partes y piezas y también bienes de consumo.

La mano del Estado

Con la nueva medida, el Gobierno busca cerrar un poco más el grifo por el que fluyen los dólares. "Se ha identificado una serie de bienes respecto a los cuales, en función de la actual coyuntura económica, resulta indispensable evaluar sus respectivos flujos comerciales, por lo que resulta aconsejable modificar la Resolución N° 523/17 de la Secretaría de Comercio y sus modificaciones", dice la resolución en sus fundamentos.

También precisó que "a partir del análisis de la actual situación económica y productiva, se estima que existen innumerables Licencias para la Importación que no representan necesidad ni urgencia para su ingreso al país". 

En concreto la normativa pasó unas 2678 posiciones arancelarias a licencias no automáticas (LNA). De esta manera, el listado completo de posiciones que deben tener autorización previa llegó a los 4192. Fuentes oficiales señalaron que el monto de las importaciones que ahora tendrán este nuevo control suma al 30 de agosto US$ 9508 millones.

La resolución 26 de la Secretaría de Comercio Interior supone una modificación en el anexo, agregando numerosas posiciones arancelarias. A principios de septiembre el Ministerio de Economía había asegurado que "están aflojando" las restricciones a las importaciones. Por el momento, lo que se ve es el camino contrario.

Qué son las licencias no automáticas

Técnicamente, las licencias no automáticas no suponen un freno al ingreso de esos productos, pero sí una demora, que de acuerdo a la normativa de la Organización Mundial de Comercio no puede exceder los 90 días, aunque en Argentina se han registrado demoras de hasta seis meses en el período 2010-2015, bajo la batuta del exsecretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno.

En el anexo de la resolución 26 se mencionan los productos que a partir de hoy deberán tener aprobada su licencia no automática de importación antes de salir de la Aduana y ser despachada al mercado. 

Matías Tombolini, secretario de Comercio Interior.

Incluye carne porcina y congelados; chocolates; preparados alimenticios; tejidos de seda; hilados de lana; hilo de coser; algodón; calzados; bolsos, mochilas, carteras; papel y cartón; también productos químicos; pinturas; manufacturas de fundición y hierro; radiadores; tubos flexibles de metal común; turbinas y ruedas hidráulicas.

Además, abarca percutores; aparatos de grabación o reproducción de sonido; automotores; remolques; cámaras y proyectores cinematográficos; aparatos y material para revelado automático de película fotográfica, película cinematográfica (filme) o papel fotográfico en rollo; instrumentos para óptica; contadores de gas; aparatos de relojería; armas; juguetes; cierres relámpago; pañales para bebés, pelotas de tenis; Instrumentos musicales; despertadores eléctricos, mesas y máquinas de dibujar, entre otros.

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