Presunta evasión agravada

AFIP apelará hoy el fallo que ordenó el cierre de la causa penal iniciada a Susana Giménez 

Así lo informó este viernes el organismo recaudador en relación a la causa que archivó el juez Diego Amarante. Reclama por la falta de declaración de ingresos necesaria para determinar el monto que hubiera correspondido de Aporte Solidario Extraordinario.

MDZ Dinero
MDZ Dinero viernes, 28 de octubre de 2022 · 10:37 hs
AFIP apelará hoy el fallo que ordenó el cierre de la causa penal iniciada a Susana Giménez 
Susana Giménez fue investigada por la AFIP por presunta evasión agravada pero la Justricia desestimó la causa penal. Foto: People en Español

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) apelará hoy el fallo del juez en lo penal económico Diego Amarante, que dispuso el archivo de la causa penal iniciada a Susana Giménez tras la denuncia del organismo por supuesta evasión agravada en $50 millones.

Así lo informó la AFIP en un comunicado, en el que aclara que solicitará a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico que revea la decisión del juez de primera instancia, que determinó que la actriz y presentadora no tuvo ninguna conducta posible de ser considerada engañosa en “los estrictos términos que reclama la ley”. Al mismo tiempo, pidió que ordene que se investigue a la conductora por evasión agravada.

Carlos Castagneto, titular de la AFIP e impulsor de la denuncia contra la conductora.

Carlos Castagneto, titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), señaló que "aun suponiendo que, como plantea el juez, no haya habido 'ocultamiento patrimonial', la señora Susana Giménez todavía no presentó las declaraciones juradas. Ante el fisco todos los y las contribuyentes tienen las mismas obligaciones".

"Éste es un caso que surge de la matriz de riesgo y el control sistémico que posee el organismo, no realizamos fiscalizaciones a dedo”, precisó. El funcionario explicó, además, que "la AFIP actúa en función de las normas que la regulan".

En este sentido, Castagneto manifestó que "la falta de exteriorización de sus bienes imposibilita que la AFIP controle la determinación e ingreso del Aporte Solidario Extraordinario. En definitiva, estamos frente a una ausencia de voluntad para cumplir con sus obligaciones impositivas que está a la vista".

Para la AFIP la falta de presentación de las declaraciones juradas de Bienes Personales resulta ser una conducta de ocultación maliciosa prevista en la ley penal como evasión de tributos. La declaración jurada es obligatoria por el principio de “autodeclaración“ que rige en nuestro sistema tributario, y al "ocultar su situación fiscal se sustrae del pago de dicho gravamen".

Aclaró, por su parte, que este ocultamiento obligó a desplegar la actividad estatal a efectos de poder conocer la situación patrimonial y por ende el “quantum” del impuesto dejado de ingresar, determinando finalmente la deuda en más de 50 millones de pesos.

Archivado en