Suba

Desde ahora, este será el mínimo no imponible por el Impuesto a las Ganancias

El Gobierno confirmó que habrá un aumento del mínimo no imponible en el Impuesto a las Ganancias y se oficializará mediante un decreto en las próximas horas

MDZ Dinero
MDZ Dinero martes, 21 de septiembre de 2021 · 16:13 hs
Desde ahora, este será el mínimo no imponible por el Impuesto a las Ganancias
Foto: www.arstech.com.ar

Los anticipos del aumento del básico no imponible vienen desde comienzo de año, aproximadamente. Sergio Massa y Martín Guzmán fueron los destacados en este sentido; ya que el primero dijo que lo llevarían a 180 mil. Sin embargo, el ministro de Economía accedió hasta 175 mil y así se anunciará mediante decreto en las próximas horas. 

"El mínimo no imponible de Ganancias se va a estar actualizando este año", había anticipado Guzmán en el Congreso

La AFIP, por su parte, deberá instrumentar el efecto retroactivo que esta modificación conlleva hasta principios de año, que es lo que dispone la temporalidad anual de Ganancias. 

El ministro de Economía, Martín Guzmán, accedió a una suba del básico hasta 175 mil.

“El mínimo no imponible de Ganancias se va a estar actualizando este año porque la variación del índice Ripte es diferente al que estaba en el presupuesto; entonces se actualizará”, había anticipado Martín Guzmán en el Congreso. 

Indican que el beneficio debería ampliarse a la totalidad de contribuyentes, no solo a los que están en relación de dependencia

En esa misma oportunidad, explicó que “es algo que se hará este año (por 2021) para que los trabajadores que se beneficiaron de la ley que cambió Ganancias de personas humanas puedan disfrutar de este beneficio y solo paguen las personas que son parte de la población objetivo y se les genere un alivio a millones de trabajadores y trabajadoras del país”.

Algunos economistas sostienen que el mínimo no imponible debe ser revisado permanentemente a raíz de la inflación que sufre actualmente la Argentina. Además, indican que el beneficio debería ampliarse a la totalidad de contribuyentes, no solo a los que están en relación de dependencia, o en cargos públicos, jubilaciones, pensiones.

Archivado en