AFIP confirmó una buena noticia para monotributistas
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) confirmó una noticia más que esperada para los miles de monotributistas del país, relacionada a la eximición del pago de un impuesto que afecta a quienes utilizan cuentas corrientes.
En concreto, AFIP instrumentó la exención del pago del impuesto a los créditos y débitos para las y los monotributistas que utilizan ese tipo de cuentas bancarias. Lo hizo a través de una resolución general publicada este lunes en el Boletín Oficial.
El beneficio alcanzará de manera inmediata y automática a todos los titulares de cuentas corrientes, que dejarán de abonar la alícuota especial de 0,25%.
El objetivo del organismo nacional que se encarga de recaudar es "equiparar el tratamiento impositivo entre las cuentas bancarias y las billeteras virtuales que ya se encuentran exentas del pago del impuesto a los débitos y créditos".
De esta manera, se verán beneficiados en su mayoría pequeños contribuyentes, tanto los que ya tienen cuenta corriente como los monotributistas que abran nuevas cuentas corrientes.
A partir de ahora, la exención del impuesto a los débitos y créditos "abarca a la totalidad de las cuentas bancarias bajo la titularidad de monotributistas que se encuentren inscriptos en el Registro de Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias", informaron desde AFIP.