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Impuesto a las ganancias: el gobierno reglamentó los cambios

El gobierno nacional reglamentó las modificaciones votadas por el Congreso para el impuesto a las Ganancias. El beneficio llegará a más de 1,2 millones de personas.

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MDZ Dinero martes, 25 de mayo de 2021 · 10:41 hs
Impuesto a las ganancias: el gobierno reglamentó los cambios
Foto: Archivo MDZ

Este martes se publicó en el Boletín Oficial el decreto 336/2021 donde entra en vigencia la ley de Impuesto a las Ganancias sancionada en el Congreso el 8 de abril. Los beneficiados son 1,2 millones de trabajadores y jubilados que dejarán de tributar este impuesto con retroactividad a enero.

El presidente Alberto Fernández había anunciado días atrás que “ La devolución de los importes retenidos se hará en cinco cuotas a partir del mes de julio lo que equivale a un esfuerzo fiscal de más de $40.000 millones”.  

Los empleados que perciban un salario de hasta 150 mil pesos dejarán de pagar ganancias, quienes estén entre los 150 mil y los 173 mil pesos tendrán una rebaja fiscal ya que es la AFIP la que incrementa las deducciones para que no existan diferencias entre los que deben pagar el impuesto y los que no.

Punto por punto

La ley reglamentada establece que para que un jubilado quede exceptuado de pagar el impuesto debe percibir una jubilación menor a 8 haberes mínimos (equivalentes a 165.000) y no podrán tener otros ingresos distintos a la jubilación. 

Otro punto importante es que “el cómputo de la deducción por hijo, hija, hijastro o hijastra incapacitado para el trabajo se incrementará en una vez, cualquiera sea su edad”.

El aguinaldo queda excluido del tributo “en la medida en que el promedio de la ‘remuneración bruta’ mensual o ‘remuneración y/o haber bruto’ mensual, respectivamente, del período fiscal anual no supere los montos establecidos en dichos incisos”.

El personal de salud queda eximido de pagar el impuesto por horas extras o guardias hasta septiembre inclusive.

El impuesto reglamentado permite deducir gastos por compra de herramientas educativas para los hijos, sin tope y gastos en cursos de capacitación hasta $ 67.071,36 anuales.

Otra deducción permitida son los gastos por movilidad y viáticos, estipulados en convenios colectivos hasta $ 67.071,36 anuales.

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