Atención contribuyentes

Impuesto cedular, qué es y quiénes tiene que pagarlo este año

Quienes pagaron renta financiera en 2020 por sus ganancias de 2019, deberían estar atentos a los saldos ganados por sus cajas de ahorro o cuentas corrientes en moneda nacional o extranjera y de la diferencia de cambio ganado por tenencias de moneda extranjera en billete.

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MDZ Dinero sábado, 27 de febrero de 2021 · 07:43 hs
Impuesto cedular, qué es y quiénes tiene que pagarlo este año

Los contribuyentes que hayan hecho inversiones financieras podrían estar alcanzados por el impuesto cedular, más conocido como renta financiera, un gravamen que tuvo distintas modificaciones en los últimos años y que sumó exenciones tras una última modificación hecha por el Gobierno de Alberto Fernández. 

Según explicó a Infobae Federico Costantino, director de Impuestos de Auren, el impuesto “deja de existir el impuesto cedular en la parte correspondiente a intereses de plazos fijos y rendimientos de títulos públicos” y que continúa para “ganancias por compraventa de activos financieros”.

“También hubo una modificación en la forma de liquidar el impuesto en los casos de intereses y rendimientos para esos casos en que no haya exención, porque pasan a tributar por escala. Por ejemplo, los intereses por plazos fijos con clausula de actualización UVA, que no están exentos, si la renta se produjo en 2019, correspondía tributar una tasa del 15%".

Aún así, agregó que "si la renta es de 2020, como el impuesto cedular en estos casos ya no existe, esos intereses se sumarían al resto de las ganancias gravadas y se calcularía el impuesto a través del régimen general, a una tasa que puede llegar al 35%”.

Quiénes pagan y quiénes no

El número para tener en cuenta para los intereses ganados en 2020 es el de las deducciones especiales de Ganancias que tuvieron vigencia ese año: $123.862. Lo que exceda a ese piso pagará renta financiera.

Quienes pagaron renta financiera en 2020 por sus ganancias de 2019 también debían estar atentos a los saldos ganados por sus cajas de ahorro o cuentas corrientes en moneda nacional o extranjera y de la diferencia de cambio ganado por tenencias de moneda extranjera en billete.

"Las inversiones que están exentas son: la venta de acciones locales o del exterior con cotización en el mercado local (incluye Cedear), todos los títulos públicos argentinos con o sin cláusula de ajuste y en moneda local o extranjera (ya sea venta o ganancias obtenidas por dividendos o intereses), los rendimientos obtenidos por Fondos Comunes de Inversión ya sean en pesos, dólares o con cláusula de ajuste y todo tipo de obligaciones negociables en el país", explica Infobe.

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