Restricciones del BCRA

Restricciones al dólar: los bancos confirmaron quiénes no podrán comprar

Este jueves 1° de octubre se renueva el cupo de 200 dólares mensuales con las nuevas restricciones dispuestas por el Banco Central y son numerosas las dudas que existen sobre quiénes podrán acceder al mercado de cambios oficial y quiénes no.

MDZ Dinero
MDZ Dinero jueves, 1 de octubre de 2020 · 09:09 hs
Restricciones al dólar: los bancos confirmaron quiénes no podrán comprar

Este jueves 1° de octubre se renueva el cupo de 200 dólares mensuales con las nuevas restricciones dispuestas por el Banco Central y son numerosas las dudas que existen sobre quiénes podrán acceder al mercado de cambios oficial y quiénes no.

Para resolver algunas de estas inquietudes, los bancos han enviado mails a sus clientes en los que explican las nuevas restricciones que rigen desde el 16 de septiembre, pero que recién empezaron a aplicarse hace unos días luego de varias jornadas de feriado cambiario.

"A partir del 16 de septiembre el límite mensual de USD200 aplica tanto para comprar moneda extranjera como para los consumos que hagas con las tarjetas de crédito y débito. Además, se te va a cobrar el “Impuesto País” del 30% y se sumará una retención del 35% por ganancias y bienes personales", indica el mensaje que muchos recibieron de parte de sus bancos.

"Recordá que el límite de 200 USD es personal y mensual, por eso no importa en qué banco hagas la compra de dólares o con qué tarjeta realices el consumo, todo impacta el mismo límite", agrega. 

¿En qué casos NO se podrá comprar dólares para ahorro?

  • Si superaste en el mes el cupo de USD200 para ahorrar o en consumos con tus tarjeta de crédito o débito.
  • Si sacaste un préstamo con “Tasa 0%”, "Tasa 0 cultura" o "Tasa 24%" y aún no terminaste de pagarlo.
  • Si tenés una refinanciación de tarjeta de crédito y no lo cancelaste.
  • Si recibiste el beneficio de dejar de pagar y diferir tus cuotas de un crédito personal, prendario o hipotecario.
  • Si tenés un crédito hipotecario UVA, mientras las cuotas sigan “congeladas”.
  • Si recibiste alguna ayuda del Estado, sos beneficiario de algún plan de ayuda social, cobraste un subsidio alimenticio, etc. Por ejemplo: IFE o Asignación Universal por hijo.
  • Si algún cotitular de la cuenta realizó una compra de dólares en la misma cuenta durante el mes.
  • Si vendiste títulos en dólares y no pasaron 90 días desde la fecha de la venta.
  • Si no contás con ingresos justificables.

¿Qué sucede si tenés consumos mayores a los USD200 en las tarjetas?

A partir del 1 de septiembre del 2020, si los consumos son mayores al límite mensual, la diferencia tomará el cupo de los meses siguientes (según corresponda).

Un ejemplo que puede ayudar: si con tu tarjeta de crédito hacés una compra de USD400, por dos meses no podrás comprar dólares (ese consumo representaría 2 meses).

Archivado en