18/7/25: el día que se salvaron las acciones de YPF
Esta fecha quedará en la historia del juicio por como Argentina salvó casi ya definitivamente la propiedad en manos del Estado del 51% de las acciones de YPF.

Estados Unidos se presentó como "amigo" de Argentina en el caso YPF.
Juan Mateo Aberastain Zubimendi / MdzEl 18 de julio de 2025 quedará en la historia del juicio por la manera en que Argentina renacionalizó YPF en 2012; por haber salvado casi ya definitivamente la propiedad en manos del estado del 51% de las acciones de la petrolera. El dato más importante de esta mañana, es que el fondo Burford Capital le anunció a la Cámara de Apelaciones de Nueva York, que acepta que no se le entreguen esos papeles el propiedad del estado nacional, ya que “no quieren administrar una petrolera”. Sino, simplemente, “una garantía que Argentina pagará”.
La presentación judicial de los demandantes vencedores en el fallo de fondo del caso YPF reconoce así, ante la segunda instancia judicial de los Estados Unidos, que no podrán avanzar sobre la petrolera, por cuestiones judiciales, financieras y políticas; pero que están dispuestos a encontrar una solución negociada con Argentina para cerrar el caso.
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El cambio de actitud del fondo demandante se basa en la posición favorable al país que asumió la Cámara, al suspender el fallo del 30 de junio de la jueza Loretta Preska que obligaba al país a entregar a Burford en 15 días las acciones de la petrolera, bajo amenaza directa de ser considerada dentro de la figura de “desacato”. Argentina antes que el fallo quedara en firme, decidió no esperar a la decisión definitiva de la jueza (la que fue finalmente negativa para el país), y recurrir ante la segunda instancia; ámbito donde ahora la suerte cambió y se pudo resguardar el 51% de las acciones.
La Cámara de Apelaciones decidió el miércoles pasado suspender de manera “indefinida” el fallo de Preska, reconoció la imposibilidad de la Argentina de entregar esas acciones y llamó a las partes a abrir una instancia negociadora. Antes llamó a las dos partes a presentar argumentaciones de cada lado, hecho que Burford completó ayer.
Puntualmente el fondo demandante habló de que “no desean retener las acciones de YPF” y que tampoco quieren “administrar una petrolera”. Sin embargo le reclaman a la Cámara que no permitan al país continuar con la apelación sin depositar una garantía.
Estados Unidos se presentó como "amigo" de la Argentina
La presentación de Burford se hizo el mismo día en que el Donald Trump cumplió, con creces, su promesa de respaldar la posición Argentina en el caso, al presentar el Departamento de Estado su carta de “amicus curiae” a favor del país. Los argumentos de la presentación es que el gobierno de los Estados Unidos “tienen un interés diplomático” en el caso, con lo que apoyan la liberación del 51% de las acciones de la petrolera, “mientras se resuelve la apelación, con el fin de permitir una presentación ordenada de los argumentos y una resolución adecuada de estas cuestiones relevantes”.
Recuerda el gobierno de los Estados Unidos que, para el Ejecutivo de ese país, los bienes de los estados extranjeros en territorio norteamericano gozan de “inmunidad absoluta” y que se si avanzara en una decisión de este tipo, Argentina, “podría sufrir un daño irreparable. Si cumple con las órdenes de traspaso y entrega las acciones de YPF a los acreedores en EE.UU., corre el riesgo de perder el control de ese activo (acciones YPF)”; situación que podría además derivar en una afectación seria de las inversiones de inversores públicos y privados en los Estados Unidos. Finalmente recuerda que, mientras dure la causa en instancias de apelación en Cámara, los intereses y derechos de los demandantes vencedores no se verían afectados.
Mientras tanto el gobierno de Javier Milei continuaba ayer con su satisfacción por la decisión del martes de la Cámara de Apelaciones de suspender la ejecución del avance sobre el 51% de las acciones de YPF, y respaldó la estrategia del estudio Sullivan & Cromwell (S&C) que se había adelantado la semana pasada a pedir esta acción de la Camara, para frenar la embestida de la magistrada. Esto antes de conocer la decisión final de Preska del lunes pasado, de dejar firme su resolución sobre las acciones y amenazar con declarar al país en desacato por no entregar esos papeles. La Camara determinó que por tiempo indefinido no habrá resolución sobre esta situación; y que, lo más importante, el país no tendrá que desprenderse de los papeles de la petrolera.
La orden fue firmada por el juez Steven J. Menashi que dirige la causa en la Cámara, durante una audiencia realizada en el Palacio de Justicia Thurgood Marshall, en la ciudad de Nueva York, una reunión pedida por el estudio que representa al país y reclamada ante la decisión de Preska de avanzar sobre las acciones. El tribunal de apelaciones tomó como consideración la imposibilidad de avanzar sobre los papeles de YPF en poder del Estado, ante la utopía que determinaría la aprobación de una ley para cumplir con el fallo. En este sentido, la decisión de la Cámara de Apelaciones es también una sanción virtual hacia Preska.
La semana pasada el estudio S&C había resuelto no esperar a que la jueza tomara una decisión final sobre el 51% de las acciones, luego que el lunes 30 de junio había sorprendido con el fallo que obligaba a entregarle a Burford y Eton esos papeles. S&C presentó el miércoles de esa semana un escrito pidiendo una revisión, que fue luego contestado por los demandantes el viernes. Sin embargo, para el martes 8, y sin esperar una resolución de fondo de Preska, Argentina recurrió a la Cámara de Apelaciones, denunciando la actitud de la jueza. En esa presentación se acumularon además todos los expedientes sobre los que se corre peligro de embargo de las acciones, incluyendo el de Bainbridge Fund, un caso heredado desde el default del 2002.
En la resolución judicial, el tribunal dejó establecido que la suspensión rige mientras se resuelve la moción formal de suspensión presentada por la Argentina, y aclaró: “Se ordena por la presente que el Tribunal concede una suspensión administrativa temporal de la orden de transferencia del Tribunal de Distrito, hasta que se resuelva la moción de suspensión por parte de un panel de tres jueces”. Según la jurisprudencia de los Estados Unidos, esta decisión se toma cuando desde un tribunal de alzada (como la cámara de Apelaciones) encuentra una decisión de un juez inferior (Preska) con deficiencias reales de cumplimiento. Podría ser el caso de las acciones de YPF y la imposibilidad que tiene el país de poder avanzar, aunque quisiera, sobre la entrega de esos papeles sin una ley habilitante. Algo que, por otro lado, es políticamente imposible de lograr.
Lo importante vinculado a esta decisión de la Cámara de Apelaciones, es el tiempo que gana el país en la causa. Se entiende desde Buenos Aires (pero no se dirá públicamente), que la causa está perdida. La propia segunda instancia judicial de Nueva York debe resolver el fallo de fondo de Preska de septiembre del 2023, que le da la razón a Burford y Eton en la demanda y obliga al país a pagar unos U$S 16.000 millones más intereses y gastos a los vencedores. Argentina apeló la decisión, y el tribunal debe decidir sobre dos cuestiones. La primera es difícil de cambiar: la causa de fondo que falló a favor de los demandantes. Se entiende en general que se trata de cosa juzgada. Pero donde sí puede haber algún tipo de consideración jurisprudencial, es en el argumento de S&C sobre que la medición del dinero a pagar (los 16.000 millones) es una cifra desproporcionada al daño sufrido por los demandantes, y que el número final a liquidar merece una readecuación y un nuevo cálculo. Lo que podría tomar en cuenta ahora la Cámara de Apelaciones, es si antes de determinar que hacer con el 51% de las acciones de YPF, definir el fallo de fondo.
Ante el panorama, desde Buenos Aires se especulaba con que se ganó tiempo. Una definición de la Cámara de Apelaciones demandará al menos lo que resta del 2025 y quizá varios meses del 2026. Y, luego, aún le quedará al país la alternativa de recurrir a la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos. Un nivel donde difícilmente se acepte una revisión, pero que igualmente demandará un tiempo para tomar una decisión. La especulación más amplia desde la Argentina es que, quizás, para cerrar la causa haya que esperar hasta comienzos del 2027. Un año donde eventualmente ya el país pueda recurrir de manera más fácil a los mercados financieros de deuda voluntaria.
Los puntos fundamentales de la causa que transita días tormentosos en las cortes de los Estados Unidos
- Para muchos la necesidad de una reestatización de la petrolera era necesaria. Repsol estaba haciendo un desastre, invirtiendo más en Libia que en Argentina.
- Se razona además que ante la aparición de Vaca Muerta, el proyecto de desarrollo de ese yacimiento debía tener como principal operador a una empresa argentina. En lo posible estatal.
- El juicio no es por la decisión de Re estatizar, cuestión que era necesaria. Es por la manera en que se Re estatizó.
- El estatuto de la privatización de 1992 (era Estenssoro) incluía una Oferta Pública de Adquisición (OPA). Esto implica que cualquier operación de toma de acciones en poder de privados, obliga a realizar una oferta similar al resto de los accionistas.
- Desde el 26 de junio de 1993 Argentina decide (como país soberano) salir a cotizar parte de las acciones de YPF en la Bolsa de Nueva York. Desde ese momento, inevitablemente, acepta las normas de la SEC, que incluyen el respeto de la OPA. Y la jurisprudencia de EEUU indica que esto es superior, incluso a las normas de países. Esto puede gustar o no, pero es así. Y debía haberse tenido en cuenta.
- En la decisión de reestatización de 2012 se decide pagar unos U$S 6.000 millones a Repsol, pero no aplicar la OPA.
- Se decide además dejar de distribuir dividendos a los accionistas.
- El Grupo Petersen había acordado con Repsol pagar parte del 25,46% de las acciones a través del giro de esos dividendos. Como ya no se giraba el dinero, Petersen, a través de Petersen Energía y Petersen Inversora, se presentan en concurso (y posterior quiebra) en los tribunales comerciales de Madrid. Desde ese momento, el Grupo Petersen deja de tener que ver con esta causa; y, en consecuencia, probablemente no reciba un solo dólar de este caso. (crean o no, es así).
- El síndico de la causa radicada en Madrid, le vende la causa (esto es habitual) el 4 de mayo de 2015. La compra Burford en 15 millones de dólares. Lo hace a través de Prospect Capital (una subsidiaria semisecreta, para que no se sepa que BUrford estaba detrás). Luego ampliaría “la inversión” en 70 millones.
- En septiembre de 2015 Burford se presenta en los tribunales de Nueva York. Por sorteo toca Loretta Preska, heredera del sillón de Thomas Griesa como juez de primera instancia en el Distrito Sur de Nueva York.
- Entre diciembre 2016 y marzo 2018, Preska se toma su tiempo para analizar las leyes cruzadas de Argentina y EEUU. En marzo 2019 define que las normas de la SEC son más importantes que las leyes locales. Se basa, otra vez, en jurisprudencia de EEUU.
- En septiembre de 2023 falla a favor de Burford y un segundo demandante llamado Eton Park (Dios sabe quién está atrás de estos).
- El problema fue no haber extendido el pago a Repsol, a una oferta al resto de los accionistas. Luego estos podían aceptarla o no. Pero era obligación, por estatuto, abrir la oferta al 49% de los accionistas.
- Sobre la obligación de esta operación, hay jurisprudencia en la justicia de EEUU. Argentina podría haber aceptado o no abrir las cotizaciones de una parte de las acciones de YPF en Wall Street. Pero si lo hacía, debía respetar las reglas de la SEC (autoridad del mercado de capitales norteamericano).
- El fallo de fondo fue el de septiembre del 2023. Ahí se perdió el juicio. Argentina está obligada por leyes locales a apelar. De no hacerlo, al presidente en ejercicio le cabe la acusación de mal ejercicio en sus funciones.