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Mientras descansa en Miami, Messi recibió una deseada noticia

La jueza de la Audiencia Nacional María Tardón ha archivado la denuncia presentada por un particular contra el jugador, varios miembros de su familia y su Fundación por supuestos delitos contra la hacienda pública, contables, estafa y blanqueo de capitales.

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MDZ Deportes viernes, 16 de julio de 2021 · 17:58 hs
Mientras descansa en Miami, Messi recibió una deseada noticia
Foto: Instagram @antonelaroccuzzo

La jueza de la Audiencia Nacional, María Tardón, archivó la denuncia contra el jugador argentino Lionel Messi, su padre Jorge Horacio Messi, su hermano Rodrigo Messi y la fundación del "10" por presuntos delitos contables, de estafa, contra la Hacienda Pública y blanqueo de capitales.

La titular del Juzgado Central de Instrucción Número 3 decretó el sobreseimiento provisional ante la ausencia de indicios de criminalidad tras las diligencias practicadas en una "especialmente compleja y exhaustiva investigación" de casi dos años.

Todo ello a raíz de la denuncia presentada en junio de 2019 por el exempleado de la Fundación Federico Rettori, que aseguraba que Messi y su entorno se habrían beneficiado de la fundación para recibir pagos personales que no fueron destinados a fines sociales y librarse así de pagar impuestos a Hacienda.

En el escrito, la magistrada señala que pese a esos dos años de investigación a instancias de la Fiscalía no se ha podido acreditar relación ni vínculo laboral alguno de Rettori con la fundación. Es más, explica que de la documentación laboral de las entidades española y argentina, "se desprende que, en realidad, el denunciante no mantuvo relación laboral con la misma".

Sobre los delitos contra la Hacienda Pública y de blanqueo de capitales denunciados por Rettori, la magistrada explica que tal y como se informó por el Ministerio Fiscal tampoco se acreditó "la utilización de cuentas bancarias en las que se oculten al verdadero propietario último de los bienes, ni se han utilizado conceptos que no se correspondieran con la realidad".

Así las cosas, Tardón argumenta que la doctrina obliga a archivar la causa desde el momento en que se descarta la comisión de hecho delictivo o bien porque no parezca debidamente justificada la perpetración del delito que hubiera dado lugar a la formación de la causa o no existieran en su caso motivos para imputar por ellos a persona determinada, evitando así el alargamiento indebido del proceso penal.

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