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Volvió de su luna de miel, la despidieron y la Justicia ordenó indemnizarla y reincorporarla

Una trabajadora fue despedida al regresar de su luna de miel. La Justicia declaró nula la decisión y ordenó su reincorporación e indemnización.


Volver de la luna de miel terminó de la peor manera para una trabajadora española. Después de disfrutar de su licencia por matrimonio, regresó a su puesto y recibió la noticia de que había sido despedida. Convencida de que la decisión era injusta, inició una demanda y la Justicia finalmente le dio la razón.

La mujer trabajaba desde 2022 como personal de limpieza en una heladería familiar de Valencia con un contrato fijo discontinuo. Antes de casarse había atravesado dos licencias médicas, la última por un accidente ocurrido durante el trayecto hacia su trabajo. Tras recibir el alta, volvió a cumplir tareas, se casó al día siguiente y luego tomó los 15 días de permiso por matrimonio que le correspondían por ley.

Volvió de su luna de miel, la despidieron y la Justicia ordenó indemnizarla y reincorporarla

Cuando terminó la licencia y regresó a la empresa, le comunicaron el despido. Los empleadores argumentaron que la decisión respondía a problemas económicos y a una caída en las expectativas comerciales del negocio, por lo que decidieron reducir personal.

La trabajadora llevó el caso ante el Juzgado de lo Social N.º 11 de Valencia. Tras analizar las pruebas, el tribunal concluyó que el despido era nulo porque vulneraba derechos fundamentales. Además, entendió que existían indicios de que la decisión estaba vinculada con el ejercicio de su derecho a disfrutar de la licencia por matrimonio, más que con una verdadera crisis económica de la empresa.

Qué estableció la sentencia de la Justicia

La sentencia ordenó la reincorporación inmediata de la empleada, el pago de los salarios que dejó de percibir, una compensación por vacaciones pendientes y una indemnización adicional de 1.000 euros por la vulneración de sus derechos. La empresa apeló el fallo, pero el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana confirmó la resolución.

En su decisión, los magistrados señalaron que la empresa no logró demostrar una disminución real de las ventas ni una situación económica que justificara el despido. Por ese motivo, consideraron que la desvinculación estuvo relacionada con el uso legítimo de un derecho laboral y mantuvieron la condena a favor de la trabajadora.