Prepagas dadas de baja: qué hacer si sos afiliado y cómo reclamar
La Superintendencia de Servicios de Salud dio de baja a 18 prepagas. Qué se puede hacer si estabas afiliado y dónde reclamar ante un problema.
Tras la inhabilitación de varias empresas de medicina prepaga, qué pueden hacer los afiliados. Foto: Shutterstock
La Superintendencia de Servicios de Salud dio de baja a 18 entidades de medicina prepaga y mutuales del Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP). La medida generó dudas entre los usuarios sobre sus coberturas. Qué pasa con los afiliados, cómo verificar el registro y qué hacer ante un inconveniente.
Qué pasa con los afiliados de las prepagas dadas de baja
La principal duda es qué ocurre con quienes tenían cobertura en alguna de las entidades alcanzadas.
En esta última etapa, la SSS señaló que las organizaciones excluidas no contaban con afiliados activos al momento de las auditorías, por lo que la medida no implicaría una interrupción de prestaciones para los usuarios.
No obstante, quienes tengan dudas pueden consultar el registro oficial de la Superintendencia de Servicios de Salud y verificar si su entidad continúa habilitada para operar.
Qué hacer si tu prepaga fue dada de baja
Si tenés dudas sobre el estado de tu cobertura, además de consultar en el registro oficial, se recomienda:
- Guardar la documentación: conservar el contrato, comprobantes de pago, cartilla médica, constancias de afiliación, correos y comunicaciones con la empresa.
- Reclamar ante la SSS: si la baja afectó la cobertura, se puede presentar un reclamo ante la Superintendencia para dejar constancia de la situación y consultar qué procedimiento corresponde.
- Recurrir a Defensa del Consumidor: también se puede realizar una denuncia ante el organismo correspondiente según la jurisdicción.
- Solicitar la devolución de las cuotas, si corresponde: si se pagó por un servicio que no fue prestado, se puede reclamar formalmente el reintegro. La procedencia depende de cada caso.
- Consultar con un abogado: si los reclamos administrativos no resuelven el problema, existe la posibilidad de recurrir a la Justicia.
Qué derechos tienen los consumidores
La Ley de Defensa del Consumidor 24.240 establece distintos derechos que pueden aplicarse ante un incumplimiento.
Entre ellos se encuentran el derecho a recibir información cierta, clara y adecuada sobre el servicio contratado y a exigir el cumplimiento de lo acordado. Según el caso, también puede corresponder la rescisión del contrato, la restitución de lo pagado o un reclamo por daños y perjuicios.
La normativa contempla además el daño punitivo ante incumplimientos graves y el derecho a recurrir a la Justicia si el conflicto no se resuelve por las vías administrativas.
Por qué dieron de baja a las 18 entidades
La SSS realizó un relevamiento sobre entidades que tenían inscripciones provisorias para comprobar si desarrollaban actividades comprendidas dentro del régimen de medicina prepaga y si cumplían con los requisitos exigidos.
Las empresas fueron intimadas a presentar documentación que acreditara esas condiciones, pero venció el plazo sin que realizaran presentaciones para subsanar las observaciones. Además, la Superintendencia concluyó que no había elementos que acreditaran que desarrollaran actividades comprendidas en la Ley 26.682.
La baja del registro, según informó la SSS para esta última etapa, alcanzó a entidades que no contaban con afiliados activos al momento de las auditorías, por lo que la medida no implicaría una interrupción de prestaciones para los usuarios.


