Mascotas podrán acceder a cannabis medicinal: reglas de prescripción y cultivo
Mendoza reguló el uso de cannabis medicinal en mascotas y creó el primer programa veterinario del país. La prescripción estará a cargo de veterinarios que deberán contar con autorización previa.
Mascotas podrán acceder a tratamientos con cannabis medicinal.
Mendoza reguló el uso de cannabis medicinal en mascotas mediante la creación del Registro y Programa de Acceso a Cannabis Medicinal para Pacientes Veterinarios (Reprovet). De esta manera, se convirtió en la primera jurisdicción del país en establecer un marco regulatorio específico para la prescripción, el acceso y el seguimiento de tratamientos veterinarios con cannabis medicinal.
La normativa, impulsada por el Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial, se sustenta en distintos fallos judiciales que reconocen a los animales como seres sintientes y sujetos de derecho. En ese marco, promueve políticas públicas orientadas a garantizar tratamientos seguros, responsables y adecuados para el bienestar de las mascotas.
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El objetivo es garantizar el acceso seguro a tratamientos veterinarios con cannabis, proteger el bienestar animal, regular los cultivos destinados a estos fines y prevenir usos indebidos mediante mecanismos de trazabilidad y fiscalización. El sistema incluirá:
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- Un registro de médicos veterinarios prescriptores y cultivadores.
- Un registro de pacientes veterinarios y sus tutores responsables.
- La autorización y control de cultivos destinados al uso veterinario.
- Una red de laboratorios para garantizar la calidad de los productos.
- Mecanismos de capacitación, monitoreo y fiscalización.
Cannabis medicinal para mascotas
De acuerdo a la resolución publicada este martes en el Boletín Oficial, el uso de cannabis medicinal estará destinado a todas aquellas especies animales que presenten patologías susceptibles de tratamientos.
La inscripción de los animales deberá realizarse exclusivamente a través de un veterinario habilitado, quien tendrá que presentar la historia clínica completa, diagnóstico, dosis indicadas, justificación terapéutica y un consentimiento informado firmado por el tutor responsable.
En esta línea se crea el Registro de Médicos Veterinarios Prescriptores (Remvep), que establece requisitos para asociaciones civiles y fundaciones, regula permisos de cultivo y fija estándares de calidad y trazabilidad para los derivados utilizados en tratamientos veterinarios.
Todos los profesionales que indiquen tratamientos con cannabis medicinal deberán estar inscriptos en este registro. Para hacerlo deberán contar con matrícula vigente y formación específica en medicina cannabinoide veterinaria.
Detalles del registro y cómo acceder
La autorización será emitida por el Registro Provincial del Cannabis y Cáñamo Industrial que habilita, de manera excepcional y bajo condiciones de control, trazabilidad y fiscalización, la siembra, cultivo, producción, procesamiento y suministro de derivados de la planta de cannabis, destinadas exclusivamente a la elaboración de preparados para uso terapéutico veterinario.
El permiso únicamente podrá otorgarse a médicos veterinarios cultivadores habilitados o a Asociaciones Civiles y Fundaciones debidamente constituidas en la provincia de Mendoza o de otras jurisdicciones que inscriban su filial en la Provincia de Mendoza, que cumplan los requisitos establecidos por el programa Reprovet.
La autorización estará sujeta a los límites de volumen productivo, cantidad de plantas, pacientes veterinarios, destino, bioseguridad y plazos de vigencia determinados en la normativa aplicable.
Los médicos veterinarios cultivadores deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Acreditar matrícula profesional vigente en la Provincia de Mendoza.
- Presentar Declaración Jurada de Aceptación del Cargo de Responsable Técnico de Cultivo Veterinario
- Acreditar formación en medicina cannabinoide veterinaria, mediante diploma, certificado o título expedido por institución reconocida a nivel nacional.
- Informar el domicilio georreferenciado donde se desarrollará el cultivo autorizado, almacenamiento, producción y procesamiento de los derivados.
- Registrar los lotes y variedades utilizadas, acompañando los análisis cromatográficos correspondientes a cada lote.
- Presentar informes semestrales de trazabilidad ante el Registro Provincial de Cannabis y Cáñamo Industrial.
- Llevar un libro de salidas/egresos de preparados o derivados de la planta de cannabis destinados a uso veterinario, debidamente foliado y habilitado por el RPCC.
La inscripción tendrá una vigencia de 3 años, y en caso de incumplimientos a la normativa vigente, emisión de recetas sin respaldo clínico o cualquier conducta que comprometa la seguridad del tratamiento, se podrá suspender, revocar o denegar la inscripción.