Presenta:

Elecciones: ¿Qué puede pasar si voy a votar y no están las autoridades de mesa?

Si bien las autoridades de mesa se designan con anticipación, puede ocurrir que se ausenten. Qué dice el Código Electoral Nacional ante esta situación.

El Código Electoral Nacional (Ley 19.945, artículo 75) establece qué debe hacerse si no se presentan el día de las elecciones las autoridades de mesa designadas previamente.

El Código Electoral Nacional (Ley 19.945, artículo 75) establece qué debe hacerse si no se presentan el día de las elecciones las autoridades de mesa designadas previamente.

Santiago Tagua /MDZ

Este domingo 7 de septiembre, en la provincia de Buenos Aires se llevarán a cabo las elecciones para renovar la mitad de su Legislatura, además de elegir concejales y consejeros escolares. El voto es secreto y obligatorio, pero una de las dudas más comunes de los electores es qué ocurre si las autoridades de mesa designadas no se presentan.

La autoridad de mesa es responsable de recibir los votos, controlar el padrón, garantizar la transparencia del proceso y confeccionar el acta final.

Su tarea principal es recibir y acreditar a los votantes según el padrón electoral, controlar la correcta emisión del voto y garantizar que se cumplan todas las reglas de la jornada. Además, la autoridad se encarga de entregar las boletas o sobres correspondientes, mantener el orden dentro del establecimiento y confeccionar el acta final con el recuento de votos y cualquier incidente ocurrido durante la votación.

Las autoridades de mesa son designadas previamente por sorteo a partir del padrón electoral, siguiendo lo dispuesto por el Código Electoral Nacional (Ley 19.945, artículos 75 y 76). Cada mesa cuenta con un presidente, un secretario y dos vocales, junto con sus respectivos suplentes.

Autoridades de mesa y un rol obligatorio

En caso de que alguna de estas autoridades no se presente el día de la elección, el delegado de la Justicia Electoral o el personal del Correo puede designar a un elector presente en la fila para que asuma el rol de manera obligatoria. Es decir, cualquier votante de la fila puede ser nombrado presidente o vocal de mesa.

El artículo 76 aclara además que la persona designada no puede negarse a cumplir con esa obligación cívica, ya que de hacerlo podría enfrentar sanciones económicas o judiciales por incumplimiento de deberes cívicos.

Esta medida garantiza que todas las mesas estén constituidas y que el proceso electoral se desarrolle con normalidad, aun cuando falten las autoridades inicialmente designadas. Eso sí, quienes cumplen esta función reciben un viático como compensación por su participación.

Qué se vota este domingo en Buenos Aires

Cabe recordar que en las elecciones legislativas en la provincia de Buenos Aires que se realizan mañana, más de 12 millones de bonaerenses irán a las urnas para definir parte del futuro político de la provincia más grande y poblada del país. A diferencia de lo que ocurrirá a nivel nacional en octubre, no habrá Boleta Única de Papel: se votará con el sistema de boleta partidaria o sábana.

En el acto electoral se renovará la mitad de la Legislatura bonaerense: 46 diputados y 23 senadores provinciales. Además, en cada distrito se elegirán autoridades municipales como concejales y consejeros escolares.