El neoestatismo hiperregulador de la educación privada
En Argentina, el debate sobre la educación privada crece, con la reestatización como riesgo. La autonomía escolar debe prevalecer sobre la hiperregulación estatal.
Exigir no contradice el derecho a la educación: lo fundamenta.
Archivo MDZEl debate contemporáneo sobre la educación privada se centra en la relación entre el Estado y las escuelas que surgen de la sociedad civil. En Argentina, la Ley Federal de Educación(LFE), sancionada en 1993, promovió un concepto novedoso: la existencia de una educación pública de gestión estatal y otra de gestión privada.
Esta normativa reconoció un largo anhelo de que las escuelas fundadas por iglesias, personas o asociaciones de la sociedad civil no fuesen vistas como instituciones marginales o inferiores a las estatales, sino como instituciones con una dimensión pública. El fundamento de este carácter público reside en que toda escuela contribuye al bien común educativo desde el sistema formal. En esta perspectiva, el bien común es un fin al que apunta toda la sociedad, incluyendo a los particulares, no solo al Estado.
A pesar de que la LFE (1993) y la Ley de Educación Nacional (LEN, 2006) reconocieron el estatus público de las escuelas de gestión privada, ha surgido en los últimos años, en casi todas las jurisdicciones del país, un estilo de los gobiernos de hiperregular y por ende, de llevar a una re-estatización de la educación privada.
El proyecto neoestatista y su estrategia en educación
Recientemente, en Argentina, se ha alentado una nueva conceptualización de la relación entre el Estado y las escuelas de la sociedad civil con la idea de reconvertir la escuela privada en un "servicio público" similar al transporte o la telefonía. Esta estrategia constituye una nueva forma de estatismo —el neo-estatismo— que busca integrar a la escuela privada bajo una forma de hegemonía estatal, violentando las libertades individuales y de la sociedad civil.
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El neoestatismo aprovecha el logro conceptual de reconocer la dimensión pública de la educación privada para reintroducir indebidamente al Estado en la vida de estas instituciones vulnerando su autonomía. A diferencia del estatismo tradicional del siglo XIX que buscaba marginar a la escuela privada, la estrategia actual es de aceptación-asimilación, buscando convertirla en una dependencia más del Estado, lo cual sutilmente ignora el auténtico pluralismo y la participación genuina de la sociedad civil en la vida educativa.
La reducción a la "franquicia" y la subordinación
El neoestatismo reconoce la existencia de la escuela privada, pero solo como un servicio público dependiente del Estado. De este modo, se vuelve a la idea de que la función educativa es una prerrogativa exclusiva del Estado, negando indirectamente el derecho a educar de la sociedad civil, aun mas, de las familias. Bajo esta concepción, la educación privada se reduce a una especie de "servicio tercerizado" o una "suerte de franquicia". La sociedad civil solo podría actuar como colaboradora meramente instrumental y en estricta subordinación al Estado, con la dimensión legítima de su participación reducida a la mera "gestión" (gerencia). Se permitiría gestionar la escuela privadamente siempre que esta actuación no pretenda brindarle a la institución ninguna identidad propia ni diversa.
Resulta paradójico que esta estrategia neoestatista, que busca supuestamente evitar el "neoliberalismo educativo", en realidad promueve modelos similares a las charter schools (escuelas "tercerizadas") defendidas por representantes del neoliberalismo. Las charter schools son escuelas estatales licitadas para ser gestionadas por agentes privados bajo estricta subordinación, sin definición institucional propia.
La defensa de la sociedad civil educadora
Frente a esta regresión conceptual el Dr. Carlos Torrendell, actual secretario nacional de educación, destaca la necesidad de reconocer el valioso papel de las escuelas privadas que enriquecen a la sociedad con su pluralismo democrático. Es fundamental partir del principio de que la educación es responsabilidad, en primer lugar, de toda la sociedad, lo que implica la primacía de los actores de la sociedad civil (padres y asociaciones espontáneas) y no del aparato estatal. El Estado tiene el deber de garantizar, coordinar, promover y defender el derecho a la educación, pero no de monopolizar y gestionar directamente toda la educación formal.
La escuela de la sociedad civil es pública en un sentido no estatista ni subordinado; tiene sentido en sí misma, con su propia identidad y proyecto, en el marco del bien común y del sistema educativo. Es crucial comprender el daño que el neoestatismo puede causar en una sociedad democrática y plural. Asistimos en nuestro país a una hiperregulación que atraviesa ideológicamente, aunque sea más en las prácticas que en los discursos a casi todos los colores políticos. Un ejemplo, lo que le sucedió a la Propuesta Republicana, que más allá de la teoría política declamada, en políticas concretas se ha kirchnerizado, siendo más populista que liberal, más pro-estado que pro-privado, más pro-unitario que pro-republicado, más intervencionista que respetuoso de la autonomía de lo privado.
Menos regulación y más autonomía
El Estado, nacional como el jurisdiccional, puede desarrollar una política regulatoria basada en el control, o una política regulatoria basada en la promoción de la autonomía de las escuelas. Las escuelas privadas son, “simultáneamente dependientes y autónomas” porque tienen cierta autonomía para regular pautas de comportamientos y fijar algunos contenidos curriculares, pero, por otra parte, dependen del Estado Nacional y jurisdiccional quien las autoriza a funcionar dentro de un marco normativo. La autonomía debería ser mayor que la actual, donde los diseños curriculares son hiperprescriptivos y no bases curriculares más generales. Más allá que desde parte de la gobernanza educativa estatal existe retórica descentralizadora y de autonomía, lo que sucede que es la continuidad de prácticas centralizadoras desconcentradas en casi todos los funcionarios de todas jurisdicciones. Como sostiene la socióloga Marcilla Córdoba (2005): “Al contrario de lo que la expresión puede sugerir, la desregulación no equivale a la anomia, sino que se identifica con el desplazamiento de normas intervencionistas, propias del Estado social (yo diría populista), por otras cuya función se limita a asegurar la autonomía privada y la libre competencia entre sujetos que operan en el mercado”. (p. 239)
La hiperregulación genera por añadidura un agotamiento de los equipos directivos, tanto estatales como privados, que se ven atrapados en una jaula de hierro (tomando la metáfora weberiana) de requerimientos burocráticos que lo distraen y le quitan fuerza de su labor más importante que es el quehacer pedagógico. Por otra parte, existen jurisdicciones del país que entienden a la escuela privada como una especie de franquicia de la escuela estatal. El aporte económico a los cargos es visto por funcionarios de las carteras educativas no como un elemento que permite a las familias tener mayores opciones de escuela según sus intereses sino como un medio de coacción de las libertades individuales y de la sociedad civil. La homogeneización de todo el espectro educativo, sin dudas, es nociva, y atenta contra una verdadera democracia.
Toda escuela es pública en tanto cuanto se oriente al bien común de un país, y el principio de la subsidiaridad en educación nunca debe ser vulnerado por el Estado ni nacional ni jurisdiccional.
* Mg. Juan Manuel Ribeiro, especialista en educación.




