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El IPV cambió un requisito clave para acceder a viviendas en Mendoza

La constancia de inicio del proceso judicial permitirá continuar con la preadjudicación, aunque el fallo definitivo deberá presentarse antes de escriturar.

El IPV modificó sus procedimientos para evitar que una demora judicial impida avanzar con la asignación de una vivienda.

El IPV modificó sus procedimientos para evitar que una demora judicial impida avanzar con la asignación de una vivienda.

Prensa Gobierno

Una demora en la justicia ya no podrá detener por completo el acceso a una vivienda del IPV. El organismo mendocino modificó sus procedimientos para que las personas con discapacidad que requieren un sistema de apoyos puedan avanzar con la preadjudicación sin esperar una sentencia judicial definitiva.

La reforma quedó establecida mediante la Resolución 840, publicada el 8 de julio, y alcanza a los programas habitacionales actuales y futuros del IPV. El cambio busca evitar que los tiempos judiciales provoquen la suspensión o el archivo de expedientes de familias que ya reúnen las condiciones para recibir una solución habitacional, pero todavía no completaron el proceso destinado a determinar las figuras de apoyo.

Qué documento permitirá avanzar con la vivienda

A partir de la nueva normativa, será suficiente presentar una constancia que acredite el inicio del trámite judicial. Ese comprobante permitirá continuar con la preadjudicación o con el denominado Cierre Social, una instancia en la que el IPV analiza la situación del grupo familiar y verifica el cumplimiento de los requisitos. La disposición se aplicará cuando exista una discapacidad certificada y resulte necesario establecer apoyos para realizar determinados actos jurídicos.

Hasta ahora, la falta de una sentencia firme podía convertirse en un obstáculo dentro del cronograma administrativo. La modificación separa las distintas etapas: el proceso habitacional podrá continuar mientras se tramita el expediente judicial, pero el fallo seguirá siendo obligatorio antes de la escrituración y de la constitución de la hipoteca. De esta manera, el requisito legal no desaparece, sino que se traslada hacia el momento final de la operación.

Qué asistencia ofrecerá el IPV a los postulantes

La Gerencia de Gestión Social tendrá a su cargo el seguimiento de los casos y deberá orientar a quienes no cuenten con abogado o representación. En esas situaciones, el organismo podrá derivar al postulante a la Asesoría de Niños, Niñas, Adolescentes y Personas con Capacidad Restringida del Ministerio Público de la Defensa. La intervención busca impedir que la falta de asesoramiento jurídico demore el trámite o deje a una familia fuera de un programa habitacional. El IPV también sostiene una atención especializada y sin turno para personas con discapacidad en su sede central de la calle Lavalle 92, de Ciudad, de lunes a viernes, de 8 a 13.

La sentencia seguirá siendo necesaria para escriturar

Los contratos de adjudicación incorporarán una cláusula mediante la cual el titular y las personas designadas como apoyo se comprometerán a presentar la resolución judicial firme antes de firmar la escritura. Ese pronunciamiento será necesario para autorizar la hipoteca sobre el saldo pendiente de la vivienda. Si el documento no se entrega en esa instancia, el contrato podrá quedar resuelto y el inmueble regresar al IPV, según las condiciones establecidas en la resolución.

La medida se inscribe dentro de las políticas de accesibilidad que el instituto desarrolla para atender la demanda de viviendas nuevas, mejoras y unidades adaptadas. El último registro oficial difundido indica que unos 330 hogares integrados por personas con discapacidad recibieron una solución habitacional entre 2020 y septiembre de 2024. Las intervenciones incluyeron casas y obras destinadas a mejorar la circulación, los baños, las aberturas y otros espacios, de acuerdo con las necesidades acreditadas por cada familia.