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Desmonte ilegal en Santa Fe: clausuraron una empresa algodonera por arrasar 50 hectáreas de bosque nativo

Desde Santa Fe denunciaron que la empresa avanzó sin ningún tipo de autorización. Estiman que llevará décadas recuperar lo perdido.

Denunciaron a una algodonera por desmonte en el norte de Santa Fe. 

Denunciaron a una algodonera por desmonte en el norte de Santa Fe. 

Una empresa desmotadora de algodón fue denunciada por desmontar ilegalmente casi 50 hectáreas de bosque nativo de conservación prioritaria en el departamento 9 de Julio, en el norte de Santa Fe.

La detección se produjo gracias a un aviso del Sistema Nacional de Alerta Temprana de Deforestación, que permitió accionar de inmediato para frenar el avance sobre un ecosistema protegido.

Ante la irregularidad, el Gobierno provincial dispuso la clausura del predio, el cese de actividades, además de una denuncia penal y acciones judiciales. La firma responsable es Algoservicio S.A., que no solo violaba la Ley Provincial de Bosques (13.273), sino también la Ley Provincial de Ambiente (11.717), al iniciar movimientos de suelo para instalar una industria sin cumplir con los procesos reglamentarios.

Desmonte: acción judicial y medida cautelar

La Procuración General de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe presentó un amparo colectivo ambiental contra la empresa. En ese marco, el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Tostado dictó una medida cautelar que prohíbe toda intervención en el predio y ordena el retiro inmediato de maquinaria y materiales de obra.

La zona desmontada se ubica en el distrito de Logroño y forma parte de la Categoría I - Zona Roja del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos, es decir, un área de máximo valor ambiental. Allí está prohibido cualquier desmonte o cambio de uso del suelo, y solo se permiten actividades vinculadas a la conservación, la investigación o el turismo sustentable.

La Ley Nacional de Bosques Nativos (26.331) obliga a las provincias a clasificar sus bosques en tres categorías de conservación. En la Categoría I (rojo) se encuentran aquellos de mayor biodiversidad, valor cultural o función ecológica clave, donde el desmonte está prohibido. En la Categoría II (amarillo), de valor intermedio, tampoco se autoriza el desmonte, aunque sí se permite el uso sustentable bajo planes aprobados. La Categoría III (verde) abarca los de menor valor de conservación o previamente intervenidos, donde pueden habilitarse cambios de uso con licencia ambiental.

En este caso, además de la ilegalidad del desmonte, el predio no contaba con el Estudio de Impacto Ambiental (EIA), una herramienta legal indispensable para evaluar los efectos de una obra o proyecto sobre el ambiente. Este estudio permite identificar riesgos, analizar alternativas y establecer medidas de mitigación, garantizando que la actividad económica no se desarrolle a costa de la degradación ambiental ni de la calidad de vida de las comunidades.

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La empresa, que ya tenía antecedentes por estas maniobras, fue denunciada penalmente. Foto: GSFE

La empresa, que ya tenía antecedentes por estas maniobras, fue denunciada penalmente. Foto: GSFE

Consecuencias desastrosas en Santa Fe

El ministro de Ambiente y Cambio Climático de Santa Fe, Enrique Estévez, remarcó la gravedad del hecho y advirtió sobre el tiempo que demandará la recuperación del ecosistema afectado:

“La gravedad del daño ambiental que provocó la empresa Algoservicio S.A., que ya tenía antecedentes en provincias vecinas, es incalculable. Va a tomar décadas para que esto pueda volver a estar como estaba anteriormente”.

Además, destacó el impacto sobre la calidad del suelo: “Estamos hablando de un deterioro muy importante a nuestro suelo. La erosión hace que esas tierras pierdan su potencial”.