ver más

La poca conocida ayuda que Anses activa la semana que viene: requisitos

Esta ayuda alcanca a miles de argentinos y es compatible con otras ayudas que entrega Anses.

En marzo la Anses paga numerosas ayudas a miles de argentinos y, entre estas ayudas, hay una que llega a los $78.000. Se trata del programa Volver al Trabajo que les toca cobrar el próximo 11 de marzo.

Este programa tiene como objetivo desarrollar y consolidar competencias sociolaborales que permitan a sus beneficiarios mejorar su empleabilidad e incrementar sus oportunidades de inserción laboral. Para ello, se implementan actividades de formación laboral, prácticas en entornos de trabajo y apoyo para el desarrollo de emprendimientos productivos, ya sean individuales o asociativos.

En marzo, el monto de la prestación se mantiene sin cambios, al igual que en los meses previos, ya que no ha habido actualizaciones desde el último reajuste efectuado en diciembre de 2023.

El monto por esta prestación es de $78.000. 

Las personas beneficiarias del programa tendrán las siguientes obligaciones generales:

  1. Mantener actualizada su información personal, vías de contacto e historia laboral en el Portal Empleo.
  2. Participar por solicitud personal o por convocatoria de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social en alguna de las prestaciones ofrecidas por el programa.
  3. Cumplir con las obligaciones establecidas en la normativa correspondiente a cada una de las prestaciones.
  4. Brindar toda documentación o información que les sea requerida vinculada con su participación en el presente programa.
  5. Comunicar de inmediato cualquier novedad referida al incurrimiento en alguno de los supuestos de incompatibilidad.
  6. Reintegrar las asignaciones dinerarias que indebidamente hubieran percibido.

¿Cuándo se cobra Volver al Trabajo en marzo de 2025?

A diferencia de otras asistencias gestionadas por el Ministerio de Capital Humano y la Anses, esta prestación no se ajusta automáticamente por inflación según el índice del Indec, sino que su actualización depende de anuncios específicos del Gobierno.

El pago, que corresponde a una asignación mensual fija y no remunerativa, se acredita el quinto día hábil de cada mes. En marzo de 2025, la fecha de cobro será el martes 11 para todos los beneficiarios. 

La percepción de la asignación dineraria del programa será accesible para aquellas personas que cumplan con ciertos criterios de compatibilidad. Podrán acceder quienes reciban la Asignación Universal por Hijo o la Asignación Universal por Embarazo para Protección Social. También podrán hacerlo aquellos que perciban prestaciones económicas o materiales de carácter habitacional y/o de protección familiar otorgadas por el Estado en cualquiera de sus niveles, así como quienes reciban asistencia alimentaria.

Asimismo, serán compatibles quienes trabajen de manera independiente y estén inscriptos en el Monotributo Social o en la categoría A del Monotributo. También podrán acceder los trabajadores registrados bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares y los trabajadores rurales que desempeñen tareas temporarias o estacionales.

Esta ayuda se paga el próximo 11 de marzo. 

En cuanto a los empleados del sector público y privado, podrán percibir la asignación aquellos que hayan iniciado una relación laboral después de incorporarse al programa, siempre que su remuneración bruta mensual no supere el equivalente a tres Salarios Mínimos, Vitales y Móviles. Además, quienes se encuentren en el Programa de Inserción Laboral también podrán recibirla, sin que se les aplique el límite salarial mencionado.

Por otro lado, existen criterios de incompatibilidad que impiden el acceso a la asignación dineraria. No podrán acceder quienes sean prófugos de la justicia penal o correccional en cualquier jurisdicción. Tampoco podrán hacerlo aquellos que figuren como empleadores en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) o quienes perciban subsidios o prestaciones monetarias no reintegrables con fines de empleo y/o capacitación otorgados por el Estado.

Asimismo, quedarán excluidos quienes sean titulares de más de un bien inmueble, posean un automotor, embarcación o aeronave con una antigüedad menor a diez años, o perciban jubilaciones y pensiones, sean contributivas o no contributivas. Tampoco podrán acceder quienes cobren subsidios por desempleo o posean un empleo formal bajo relación de dependencia, salvo en los casos contemplados en las compatibilidades.

Por último, aquellos trabajadores independientes registrados fuera del Monotributo Social o de la categoría A del Monotributo tampoco podrán percibir la asignación. De igual manera, quienes hayan viajado al exterior durante un período que les impida cumplir con la contraprestación requerida o a destinos que, según la Autoridad de Aplicación, sean incompatibles con los ingresos permitidos para acceder al programa, quedarán excluidos del beneficio.