La Anmat prohibió una marca de aceite de oliva, otra de harina y una miel por considerarse ilegal
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) comunicó, a través de diferentes disposiciones publicadas en el Boletín Oficial, la prohibición de una marca de aceite de oliva, una harina y una miel. Ninguna de ellas se encuentra correctamente inscripta ante el organismo y presentan diversas irregularidades.
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En primer lugar, mediante la Disposición 1261/2025, la Anmat informó que el aceite de oliva marca "La Mediterránea", elaborado en la provincia de Mendoza, no cumple con la normativa alimentaria vigente. Además, el producto, que se comercializa en diversas plataformas de venta en línea, carece de registros sanitarios y está falsamente rotulado con números de RNPA y RNE inexistentes.
Por otro lado, a través de la Disposición 1270/2025, el organismo prohibió la comercialización de la "Harina de almendra con piel; RNE: 02-041.368; RNPA: EX-221-27015124”, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, debido a la falta de registros sanitarios y a su rotulado fraudulento.
En tercer lugar, la Anmat también prohibió la venta de la miel marca "Cejamebel - Multifloral silvestre de las sierras cordobesas, Peso neto 500 gr, Cosecha: ENE 2024, Consumir preferentemente antes de: DIC 2025, Lote: 281, Zona de producción: Zona rural Chuña, Depto. Ischilín, Traslasierra, Córdoba", por carecer de registros sanitarios y por estar falsamente rotulada con números de RNPA y RNE inexistentes.
En todos los casos, se trata de productos ilegales que, al no contar con registros, no garantizan su trazabilidad, condiciones de elaboración ni calidad adecuada bajo la normativa vigente. Por este motivo, el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) recomienda prohibir su elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, así como en plataformas de venta en línea.