AFIP controla: cuánto puedo gastar con tarjeta en agosto sin tener que justificarlo
El monto fue actualizado hace unos meses y, en caso de superarlo, habrá que tener a mano documentación respaldatoria.
Los bancos, además de brindar servicios a los clientes, son sujetos obligados a informar ante la AFIP las inversiones, gastos con tarjetas y movimientos que realizan los usuarios, si estos superan un monto determinado.
Esto es parte de las políticas gubernamentales destinadas a prevenir y detectar el lavado de dinero y se realiza sin que el cliente reciba notificación alguna.
¿A partir de qué montos informan los bancos a AFIP?
Actualmente, en el caso de las tarjetas de crédito, el límite para los consumos en el país, sin que se informe a la AFIP, es de $400.000. El monto se actualizó en mayo, mes en el que se tomaba como límite $200.000.
Mientras que para Plazos Fijos en pesos, los bancos deben informar a AFIP cuando el monto total que se realiza en el mes supera los $700.000.
Es importante destacar que el monto es mensual e incluye todo tipo de acreditación. Es decir, que la norma rige también para cajas de ahorro, cuentas sueldo o de la seguridad social y cuentas especiales.
Mercado Pago y las billeteras digitales también están alcanzados por la regla. En estos casos, el monto no informativo no podrá superar los $400.000 y el saldo mínimo al último día hábil debe ser de hasta $700.000.
¿Cómo justificar movimientos bancarios ante la AFIP?
En el caso de que AFIP requiera documentación respaldatoria para justificar los movimientos del cliente bancario, algunos de los documentos más comunes son:
- Facturas emitidas los últimos seis meses.
- Recibos de sueldo.
- Comprobantes de haberes jubilatorios.
- Certificados de ingresos emitidos por contadores públicos.