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Para circular en monopatín eléctrico se deberá cumplir con estos requisitos por cambios en la Ley de Tránsito

El Senado de Mendoza dio media sanción a la propuesta impulsada por Pedro Serra para regular el uso de monopatines eléctricos. Ahora se debatirá en Diputados. Los requisitos para circular.
Si se le da la sanción definitiva, no se podrá cirsular sin casco, entre otros requisitos. Foto: Maximiliano Ríos/MDZ
Si se le da la sanción definitiva, no se podrá cirsular sin casco, entre otros requisitos. Foto: Maximiliano Ríos/MDZ

Este martes 2 de octubre, el Senado de Mendoza aprobó por unanimidad una modificación a la Ley de Tránsito Nº 9024. La iniciativa que busca establecer un marco regulatorio para el uso de vehículos eléctricos denominados de "movilidad personal", en los que destaca el uso, cada vez más frecuente, del monopatín eléctrico  fue impulsada por el senador Pedro Serra y ahora pasará a la Cámara de Diputados. Allí deberán dar la sanción definitiva para que se promulgue y entre en vigencia. ¿Cuáles serán los requisitos que deberán cumplir quienes manejen monopatines eléctricos en caso de aprobarse la modificación?

"El monopatín eléctrico está ganando protagonismo en las ciudades, y ha dejado de verse por parte de los consumidores como un juguete para ser considerado ahora como un medio de transporte alternativo", explica el proyecto presentado en 2023 que ahora tiene media sanción.

Además de su creciente popularidad, los monopatines eléctricos alcanzan velocidades de hasta 50 kilómetros por hora y al no existir una regulación específica ni vías propias de circulación, los riesgos asociados a su uso en veredas, plazas y bicisendas, donde comparten espacio con peatones son cada vez mayores. Estos vehículos, "actualmente no cuentan con regulaciones claras, lo que representa un peligro tanto para los usuarios como para terceros", enfatizó Serra.

El uso de monopatín eléctrico se ha incrementado en Mendoza. Foto: ALF PONCE MERCADO / MDZ.

En ese sentido, el Senador subrayó que ante la creciente proliferación de vehículos de movilidad personal, como monopatines y bicicletas eléctricas en Mendoza existe una necesidad de actualizar la legislación para regular su uso, buscando mejorar la seguridad y evitar accidentes, sobre todo en las ciclovías.

Los requisitos que deberán cumplir quienes circulen en monopatín eléctrico

Los principales requisitos que deberán cumplir quienes circulen en monopatín eléctrico u otro tipo de vehículos eléctros serán:

  • Uso obligatorio de casco.
  • Edad mínima para conducirlos: 16 años.
  • La obligatoriedad de portar el DNI.
  • Instalación de luces frontales y traseras en los vehículos.

También, la media sanción estableció un límite de alcoholemia para manejar estos vehículos eléctricos. De esta manera, prohibe manejar bicicletas con o sin motor, dispositivos de movilidad personal, motocicletas o ciclomotores con una alcoholemia superior a 200 miligramos por litro en sangre. 

Las bicicletas también deberán tener luces traseras y delanteras. Foto: Rodrigo D'Angelo / MDZ.

En el caso de las bicicletas con o sin motor, y dispositivos de movilidad personal retenidos por la Poicía y que no se encuentren a disposición de la Justicia Provincial (Ley 6.816), sean donados a la Provincia, municipios o escuelas para el uso de alumnos y personal docente y no docente de los establecimientos educativos públicos y/o instituciones de bien público, ubicados en zonas rurales preferentemente. Estos vehículos deberán ser identificados con la inscripción “bicicleta retenida ley de seguridad vial".

Uno de los requisitos originales que quedó afuera de la media sanción fue la contratación de un seguro básico para terceros. Durante el debate en la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales (LAC), los legisladores decidieron quitarlo para no aumentar los costos a los conductores que utilizan este medio para reducir sus gastos. 

La evidencia del uso de monopatines eléctricos en el mundo y la situación de Mendoza

La propuesta de Serra tomó como base estudios europeos que muestran que en el 40% de los accidentes fatales, la falta de casco en la utilización de monopatines eléctricos, es la principal causa. Asimismo, destacan que un 20% de los siniestros se deben a imprudencias de otros vehículos y otro 20% al uso de estos dispositivos en vías interurbanas.

Las motos léctricas también entran en la regulación. Foto: Freepik.

Un informe de la Fundación MAPFRE también advierte sobre la gravedad de los accidentes a bajas velocidades, indicando que un choque a 25 km/h puede causar lesiones graves tanto a los conductores como a los peatones.

En Mendoza, el uso de monopatines eléctricos ha crecido notablemente en los últimos años, convirtiéndose en una alternativa de transporte eficiente y ecológica para los recorridos urbanos. Sin embargo, la falta de normativas claras a nivel provincial y nacional ha generado problemas relacionados con su circulación en espacios públicos.

Aunque en ciudades como Buenos Aires ya existen regulaciones, en Mendoza aún existe este vacío legal. La norma propuesta por Serra que ya tiene media sanción, busca subsanar esta zona grus, unificar criterios y prevenir accidentes.