ver más

La Justicia condenó al Indec a indemnizar a una mujer que cayó en la vereda del organismo

También deben pagar la indemnización la empresa Edesur y las compañías vinculadas a la obra que se realizaba en la vía pública.

Las veredas rotas son un problema permanente en muchos lugares de Argentina, principalmente por las caídas que pueden producir a los peatones. Ahora, luego de 15 años de un hecho de este calibre, la Justicia condenó al Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) a pagar indemnización a una mujer por lesiones. La medida alcanza también a la firma Tecnodock S.R. L, a su aseguradora La Patronal Seguros S.A y a la empresa Edesur.

La condena confirmada por la Cámara en lo Civil y Comercial Federal contra el Indec es de un total de $220.000 por la incapacidad sobreviniente del hecho y el daño moral. El monto final se discrimina en $150.000 y $70.000 respectivamente, monto a actualizar desde que se produjo el hecho.

El incidente ocurrido en 2008 fue por obras que se estaban realizando en la vereda de la "Diagonal Sur".
(Foto: Indec)

La causa se abrió luego de que el 4 de febrero de 2008 una mujer tropezara en la vereda de la Avenida Julio Argentino Roca 615 (conocida popularmente como "Diagonal Sur"). La acera, en dicho momento, se encontraba en estado irregular y con pozos, cascotes y escombros por una obra de Edesur. La distribuidora eléctrica había otorgado la concesión de dicha obra a Tecnodock S.R.L., asegurada por La Patronal Seguros S.A. Indec, el implicado más llamativo en la causa, fue por ser el frentista en dicha altura de la avenida. Al mismo tiempo, fue retirada la demanda contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Por este incidente, la víctima, se fracturó el codo derecho y un par de días después debió ser intervenida quirúrgicamente en el Sanatorio Mater Dei. Esto le dejó secuelas físicas y psicológicas en las que se fundamenta la condena labrada por la Justicia. La condena al Indec, entonces, fue bajo las ponderaciones de que como "frentista" tenía la responsabilidad de la vereda y “en caso de que se estén realizando tareas por un tercero, asegurarse que el espacio habilitado a la circulación esté en condiciones de ser utilizadas por los transeúntes”.

La Cámara en lo Civil y Comercial Federal sostuvo que “la caída que sufrió la actora le generó un verdadero agravio a sus afecciones legítimas”, porque “vio cercenado, en forma repentina, aspectos vitales de su vida, como el desempeño laboral y su integridad física a raíz de las consecuencias físicas y vitales que tuvo el accidente”, por lo que entiende que amerita una indemnización para la víctima. Los camaristas que intervinieron en el caso fueron Eduardo Gottardi, Florencia Nallar y Alfredo Silverio Gusman.