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Aclaración importante para quienes viajan al exterior

Aunque el proyecto de ley ómnibus que envío Milei al Congreso prevé implementar cambios para quienes pasean fuera del país, hoy se aclaró que eso todavía no está vigente.

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MDZ Sociedad jueves, 28 de diciembre de 2023 · 15:26 hs
Aclaración importante para quienes viajan al exterior
Aeropuerto Internacional de Ezeiza. Foto: Archivo MDZ

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) advirtió hoy que a la fecha rigen los topes para el ingreso de objetos desde el exterior sin el pago de impuestos. Al mismo tiempo, aclaró que la liberalización propuesta en la ley ómnibus regirá una vez que sea aprobada por el Congreso Nacional.

AFIP recordó que la franquicia vía terrestre o fluvial es de US$ 300 y la marítima o aérea es de US$ 500. Además, indicó que se puede ingresar un teléfono y una notebook o tablet sin pago de arancel. En el caso de menores de 16 años, la franquicia corresponde al 50 por ciento. Cuando los viajeros constituyan un grupo familiar - matrimonios, uniones convivenciales e hijos menores de 16 años no emancipados -, la franquicia podrá ser utilizada en forma conjunta.

Si el valor del objeto a ingresar supera la franquicia, se deberá abonar un arancel igual al 50% del total excedido. Por ejemplo, en el caso de una franquicia aérea: valor del objeto (US$ 600) - franquicia permitida (US$ 500) = excedente (US$ 100) - arancel del 50% = total a pagar (US$ 50).

En síntesis

  • Los cambios en el Régimen de Equipaje se modificarán una vez que se apruebe en el Congreso la ley que modifica la normativa
  • La franquicia vía terrestre o fluvial es de USD 300
  • La franquicia vía marítima o aérea es de USD 500
  • Se puede ingresar un teléfono y una notebook o tablet sin pago de arancel
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