Opinión

El derecho a la huelga y la protesta social: equilibrio entre derechos y responsabilidades

En un día muy importante en materia de marchas y protestas, la primera a este nuevo gobierno, por un lado las medidas que tomaron desde la autoridades y por el otro el desafío de los que marcharan.

Maria Alejandra Muchart miércoles, 20 de diciembre de 2023 · 13:24 hs
El derecho a la huelga y la protesta social: equilibrio entre derechos y responsabilidades
El derecho a la huelga y la protesta social son dos formas de manifestación ciudadana que tienen importancia en una sociedad democrática.  Foto: MDZ

El derecho a la huelga y la protesta social son dos formas de manifestación ciudadana que tienen importancia en una sociedad democrática. Sin embargo, es importante diferenciar ambos conceptos y entender sus fundamentos en la Constitución Nacional.
El derecho a la huelga, consagrado en el artículo 14 bis de la Constitución, reconoce a los trabajadores el derecho a realizar paros y manifestaciones como medio legítimo para defender sus intereses laborales.

Este derecho busca equilibrar la relación entre empleadores y trabajadores, permitiendo que estos últimos puedan ejercer presión y negociar mejores condiciones de trabajo, salarios justos y derechos laborales. La huelga es una herramienta esencial de la lucha sindical y está amparada en la Constitución como una expresión del derecho a la asociación y a la libertad sindical.

La protesta social se refiere a manifestaciones con el propósito de expresar disconformidad.
Foto: MDZ.

En cambio, la protesta social se refiere a manifestaciones y movilizaciones ciudadanas con el propósito de expresar disconformidad o buscar cambios en diversas áreas de la sociedad. A diferencia de la huelga, la protesta social no se limita al ámbito laboral y puede abarcar temas políticos, sociales, ambientales, entre otros. Si bien no se encuentra expresamente regulada en la  Constitución, se ampara en el derecho a la libertad de expresión y a la libertad de reunión pacífica, como se establece en
los artículos 14 y 33 de la Constitución, respectivamente.

El derecho a la huelga y el de protesta social, son fundamentales en una democracia

Sin embargo, es necesario señalar que su ejercicio no puede vulnerar otros derechos y libertades de los demás ciudadanos. La Constitución establece que toda manifestación debe ser pacífica y respetando los derechos de terceros, evitando el uso de la violencia y el vandalismo. Además, se debe garantizar la seguridad y el orden público, y las autoridades tienen la responsabilidad de proteger tanto a los manifestantes como a los ciudadanos en general.

En todo los casos, el respeto a los derechos humanos y a los principios fundamentales de una sociedad democrática deben ser la base para garantizar un ejercicio legítimo de estos derechos. La paz social es un valor fundamental para el desarrollo y la  convivencia en una sociedad.

Para lograrla, es responsabilidad del gobierno garantizar la aplicación efectiva de la ley y tomar medidas adecuadas frente a las irregularidades que puedan surgir en el ejercicio de los derechos a la huelga y la protesta social. Asimismo, el gobierno tiene la responsabilidad de garantizar la seguridad y el orden público durante las manifestaciones, protegiendo tanto a los manifestantes
como a los ciudadanos en general.

La paz social es un valor fundamental para el desarrollo y la  convivencia en una sociedad.

Es fundamental que las fuerzas de seguridad actúen dentro del marco legal y respetando los derechos humanos, evitando el uso excesivo de la fuerza y garantizando el derecho a la libertad de expresión y a la libertad de reunión pacífica. Por otro lado, el gobierno debe investigar y sancionar cualquier irregularidad o acto de violencia que se presente durante las manifestaciones, ya sea por parte de los manifestantes o de las fuerzas de seguridad. La impunidad no debe tener cabida en una sociedad democrática y debe prevalecer el Estado de derecho.

El gobierno tiene la responsabilidad de garantizar un equilibrio entre el ejercicio legítimo de los derechos a la huelga y la protesta social, y la preservación del orden y la seguridad pública. Para ello, debe promover el diálogo, garantizar la seguridad durante las manifestaciones, investigar y sancionar cualquier irregularidad, y promover una cultura de paz y respeto mutuo. Solo así podremos
construir una sociedad en la que prevalezca la convivencia pacífica y el respeto a los derechos de todos los ciudadanos.

En conclusión, el derecho a la huelga y la protesta social son formas de expresión ciudadana protegidas por la Constitución Nacional. Mientras que la huelga se enfoca en la defensa de los derechos laborales de los trabajadores, la protesta social se extiende a diversas áreas de la sociedad en busca de cambios.

Ambos derechos deben ejercerse dentro de los límites establecidos por la ley y respetando los derechos de los demás.
Es tarea de las autoridades garantizar un equilibrio entre el ejercicio de estos derechos y la preservación del orden y la seguridad pública.

María Alejandra Muchart.

* Dra Maria Alejandra Muchart, abogada-Magister, presidente Partido Demócrata Cristiano-CABA.

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