Cómo se pagará en Mendoza el feriado del 2 de septiembre a quienes trabajaron
El anuncio del presidente Alberto Fernández en el cual decretó feriado nacional en repudio al ataque que sufrió Cristina Fernández de Kirchner, y la decisión del gobernador Rodolfo Suarez de no adherirse en Mendoza generó dudas respecto al pago de los empleados del sector público y privado que trabajaron ese día.
Desde el Gobierno de Mendoza, el ministro Víctor Ibañez, ya había confirmado que los empleados públicos que trabajaron el viernes 2 de septiembre serán recompensados por un principio de igualdad.
"El gobernador estableció que todas las personas que decidieron no asistir a sus puestos de trabajo no tendrán ningún tipo de descuento ni sanción. A quienes hayan ido a trabajar, por un principio de igualdad, les corresponderá un día compensatorio", indicó en conferencia de prensa Ibañez.
A partir de esta decisión, el titular de ATE y CTA Autónoma Mendoza, Roberto Macho en diálogo con MDZ expresó : “Nosotros estamos reclamando que se pague doble el día. Así como se les descontó los días, igual se los tiene que retribuir. Es un doble discurso sino”.
El titular de ATE agregó que Ley Nº560 y la Ley Nº5465 de convenio colectivo de ATE “plantea que se pueden devolver los días por horas de recargo. Es decir, que los descuentos que se les ha realizado a los compañeros que adhirieron al paro días atrás se podrían haber solventado con estas horas de recargo. Porque el Gobierno no paga horas extras o días el doble”.
Desde el sector privado, el secretario general del Centro de Empleados Comercio de Mendoza (CEC), Fernando Ligorria, expresó también cuál es su postura sobre la decisión que tomó el gobernador Rodolfo Suárez. “Más allá de que el gobernador adhiera o no al feriado nacional lo puede hacer por el sector público, pero no en el sector privado”, aclaró.
El secretario general del CEC recordó que la legislación laboral es nacional y que por ende, “si se dicta un feriado nacional, se rige por esta Ley. Es decir que en el caso de los comercios que los empleados fueron a trabajar el feriado se le debe pagar como una jornada más”.
Aquellos empleados de comercio que hayan trabajado el viernes 2 de septiembre, verán reflejado en el mes de octubre este pago, cuando cobren el salario correspondiente a septiembre, según aseguró Ligorria.
¿Qué dice la Ley sobre los feriados trabajados?
Según la disposición de la Ley de Contrato de Trabajo Argentina en su artículo 166, los trabajadores que presten servicios en días feriados, cobrarán la remuneración normal de los días laborales más una cantidad igual. Es decir, más un recargo adicional del 100%.
Mientras que para las horas extras que se trabajen esos días siempre corresponderá un recargo del 100%.
