Vacantes en el Nivel Inicial: deuda y polémica en la Ciudad de Buenos Aires
El fallo de la jueza porteña Patricia López Vergara que ordenó al Gobierno la Ciudad asignarle una vacante para el jardín maternal a un niño de un año "en un establecimiento de gestión pública en la jornada del turno mañana dentro de un radio razonable del domicilio familiar”, pone sobre la mesa, otra vez, el drama que se repite cada año en todo el país: la falta de acceso universal a las vacantes para el Nivel Inicial.
Para padres y madres de distintas provincias, conseguir un lugar en un jardín de infantes puede ser una verdadera odisea. Así, existen grupos de reclamo en Facebook y protestas que canalizan este malestar. Y las familias no escatiman esfuerzos, por ejemplo, el año pasado hubo un acampe en la puerta de un establecimiento en José C. Paz.
En el caso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las filas no se ven porque la inscripción es digital. Sin embargo, el problema existe.
¿Qué dice la ley?
En el año 1993 se sancionó la ley 24.195 que estableció la obligatoriedad de la sala de 5, cuya cobertura, afortunadamente, alcanza prácticamente al 100% de los niños de esa edad. Por su parte, en 2014, la ley 27.045 estableció la obligatoriedad de la sala de 4 y también la obligación a los gobiernos provinciales de garantizar el acceso a la sala de 3.
A pesar de que ya transcurrieron 8 años, la cobertura de la sala de 4 llega al 89% y la sala de 3 apenas al 42% en promedio a nivel país.
Muchísimo más atrás se encuentra la sala de 2 que ni siquiera es contemplada por la ley y alcanza apenas al 9,8% de los niños de esa edad y la oferta, en su gran mayoría, es de gestión privada.
La legislación de la Ciudad
Como la educación en federal, la ley nacional establece lineamientos generales, pero cada jurisdicción cuenta con cierta autonomía para definir sus propias propuestas.
En este sentido, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, establece en su artículo 24 que “la Ciudad asume la responsabilidad indelegable de asegurar y financiar la educación pública (…) a partir de los cuarenta y cinco días de vida hasta el nivel superior (...)”. Es por eso que todos los años aparecen los recursos de amparo para que el gobierno garantice vacantes en el jardín maternal. De hecho, es uno de los argumentos del fallo en cuestión que afirma que “(el derecho a la vacante) no se halla incardinado en modo alguno a las posibles riquezas de quienes reclaman su derecho a recibir educación, en tanto su cumplimiento no es discrecional del Gobierno de la ciudad de Buenos Aires sino su responsabilidad indelegable a tenor de la Carta Magna de esta ciudad”.
Sin embargo, los vaivenes judiciales a causa de este artículo vienen de hace tiempo. En el año 2020, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) falló a favor del Gobierno de la Ciudad, estableciendo que la escolaridad obligatoria comienza a partir de los 4 años de edad hasta la finalización del secundario.
Amparados en este fallo, afirman ahora que la jueza “Patricia López Vergara dictó una sentencia en primera instancia que va en contra de lo que ya resolvió el Tribunal Superior de Justicia, por lo tanto, será apelada por el GCBA y, tal como viene ocurriendo, será revocada por el TSJ.”
En este sentido, desde el Ministerio de Educación porteño afirmaron que “la prioridad está en cubrir la demanda de vacante de gestión Estatal para la educación obligatoria en conformidad a lo prescripto por la Ley Nacional de Educación.”
Para ello, afirman que desde la gestión de Mauricio Macri se han construido 107 nuevas escuelas, 54 mientras el expresidente fue jefe de Gobierno y 53 durante la gestión actual de Horacio Rodríguez Larreta.
“De esta manera, sostenemos que la Ciudad garantiza el 100% de las vacantes a partir de los 4 años de edad, conforme la obligatoriedad establecida para todo el país por la Ley 26.206”, afirmaron desde la cartera de educación porteña.