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Jardines de infantes: masculinidad trans o identidad no binaria, sí; vacantes para todos, no

Polémica planilla de la Provincia para la inscripción de alumnos en el nivel inicial.
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Esta semana se abrieron las inscripciones para los jardines de infantes de gestión estatal de la provincia de Buenos Aires.

Para acceder a una vacante, las madres deben completar una Planilla de Inscripción en la que, a partir de este año deberán consignar la “Identidad de Género” de sus hijos, eligiendo entre las siguientes opciones: mujer, mujer trans – travesti, varón, varón trans – masculinidad trans o no binario.

Tengamos en cuenta que estamos hablando de niños entre 2 y 5 años, ¿es esta una pregunta pertinente?

El instructivo de llenado que acompaña al formulario aclara, respecto a este ítem, que “se entiende por identidad de género a la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo”.

Aun reconociendo que este tipo de clasificación tenga algún sustento científico, asunto en el que no hay consenso, en este caso se trata de niños de menos de 5 años, algunos de los cuales recién empiezan a hablar o a reconocer el mundo que los rodea. ¿Qué capacidad tienen de expresar la vivencia personal de su cuerpo en los términos propuestos?

La resolución que respalda la reformulación de las planillas en cuestión, afirma que “en la Jurisdicción de la Dirección General de Cultura y Educación se encuentran en aplicación, como procedimientos administrativos institucionales, distintas regulaciones que corresponden a paradigmas que no receptan los alcances sobre las capacidades de las personas humanas y sus diversas identidades” que es preciso revisar a la luz de nuevas perspectivas.

Sin embargo, este argumento resulta insuficiente. Los niños en esta edad no están en condiciones de definir su propia identidad y, siguiendo la lógica de este tipo de normativas, los padres no deberían interpretar por ellos al completar el formulario.

¿Cuál es la verdadera finalidad de esta pregunta? Si hubiese una verdadera inclusión bastaría simplemente con no preguntar.

La inscripción como acto de inclusión

La resolución enuncia otro postulado que merece, al menos, ser mirado con atención. Afirma que “el primer acto de inclusión educativa resulta ser, en su vinculación institucional, el correspondiente a la inscripción a los establecimientos”.

¿Es realmente el primer acto de inclusión el llenado de una planilla? Para un gobierno que vive en el mundo del relato, posiblemente sí. Pero los padres que viven en el mundo real, seguramente sientan que sus hijos se encuentran realmente incluidos en el momento en que consiguen una vacante. Y hoy un alto porcentaje de niños no accede a la educación inicial por falta de lugares.

La inclusión no se consigue llenando una planilla ni preguntando con un detallismo casi morboso la orientación sexual de una persona. Sí garantizando el acceso universal a la educación formal, los días de clase y la adquisición de los saberes establecidos.