Elecciones 2021

Si no voy a votar, ¿cómo debo justificar mi ausencia?

Las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) se llevarán a cabo el próximo domingo. Circulan muchas versiones respecto a las consecuencias que tendrá el votante si no asiste a emitir el sufragio. En esta nota, todos los detalles.

MDZ Sociedad
MDZ Sociedad miércoles, 8 de septiembre de 2021 · 15:59 hs
Si no voy a votar, ¿cómo debo justificar mi ausencia?
El voto en Argentina es universal, secreto y obligatorio. Foto: Prensa MDZ

El próximo domingo se llevarán a cabo las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) correspondiente a las elecciones legislativas 2021. En todo el territorio nacional los ciudadanos deberán concurrir a las urnas para emitir sus votos ya que existe la obligación de votar. Sin embargo, hay algunos casos donde se puede justificar la no emisión del sufragio.

El voto es obligatorio en Argentina, por lo que aquellas personas que no concurran a votar deberán justificar su no emisión del voto en los casos que sea posible o pagar la multa correspondiente por la infracción cometida. 

Las multas por no emitir el voto en las PASO serán de $50. En el caso de las personas que no asistan el próximo domingo y se ausenten nuevamente en las elecciones generales que se llevarán a cabo el 14 de noviembre, el monto asciende a $100, el monto total de la multa por la ausencia en ambos comicios es de $150. Las deudas originadas por las multas pueden abonarse a través del Banco de la Nación Argentina mediante el Registro de Infractores de la Cámara Nacional Electoral (CNE).

Los valores de las multas fueron cuestionados por algunos sectores, sin embargo, desde la Cámara Nacional Electoral explicaron que el ciudadano debe tomar conciencia de la importancia y responsabilidad que tiene a la hora de emitir el sufragio.

¿Qué sucede si no voy a votar?

Quienes no asistan a emitir su voto deberán justificar su ausencia a través de la página web de la Cámara Nacional Electoral, los ciudadanos deberán cargar el documento que avale la ausencia en las elecciones, junto a los datos personales del ciudadano. Es necesario que realicen este trámite para no formar parte del registro de infractores al deber de votar en un plazo de 60 días a partir del día de la realización de los comicios.

En el caso de las personas que están cursando un cuadro de coronavirus, están exentos de concurrir a votar debido a la resolución del juez federal con competencia electoral, Walter Bento, quien dispuso que los contagiados y sus contactos estrechos tendrán prohibido sufragar. La inasistencia deberá ser justificada a través de la presentación de la certificación correspondiente, quienes asistan en condiciones de enfermedad serán pasibles de que se les labren actas y multas por la infracción cometida.

El voto es un derecho que le corresponde a todos los argentinos mayores de 16 años 

¿En qué casos es necesario realizar la justificación?

  • Si estás residiendo en el exterior y no hiciste el cambio de domicilio en tu DNI.
  • Si estás de viaje durante las próximas elecciones del 12 de septiembre o del 14 de noviembre.

¿En qué casos se justifica la no emisión del voto?

  • Aquellas personas que el día domingo se encuentren a más de quinientos (500) kilómetros del lugar donde deben votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables deben solicitar una certificación en un destacamento policial o comisaría más cercana.
  • Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de éstos por médicos particulares.
  • El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo.
  • Quienes tengan coronavirus o sean considerados casos sospechosos. 
  • Los jueces y sus auxiliares que deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial.

¿Qué características tiene el voto?

  • Es universal: es un derecho que le corresponde a todos los argentinos mayores de 16 años independientemente de su raza, sexo, creencias o condición social.
  • Es igual: el valor del voto es el mismo para todos los ciudadanos. Una persona, un voto.
  • Es secreto: para que nadie pueda influir en tu voto.
  • Es obligatorio: votar no es solo un derecho, es un deber.

Si cumplo 16 años justo el día de la elección ¿puedo votar?

Pueden concurrir a votar aquellos ciudadanos que tengan hecha en el DNI la actualización de los 14 años y estén inscriptos en el padrón. 

Archivado en