Agencia de Acceso a la Información Pública

Vacunatorio VIP: los datos de funcionarios vacunados deben ser públicos

La Agencia de Acceso a la Información Pública difundió una serie de criterios sobre cómo deben tratarse los datos de quienes han sido vacunados contra el coronavirus y consideró que en el caso de los empleados del Estado "la información debe ser considerada pública".

Redacción MDZ
Redacción MDZ jueves, 25 de febrero de 2021 · 06:51 hs
Vacunatorio VIP: los datos de funcionarios vacunados deben ser públicos

Ante el escándalo de los vacunatorios VIP para funcionarios y amigos del poder, y los flujos de información surgidos desde el Gobierno nacional, la Justicia y los medios de comunicación en torno a esta problemática, la Agencia de Acceso a la Información Pública difundió una serie de criterios sobre cómo deben tratarse los datos de quienes han sido vacunados contra el coronavirus y consideró que en el caso de los empleados del Estado "la información debe ser considerada pública".

"En un contexto de crisis sanitaria, tanto en el país como a nivel mundial, y la escasez general de vacunas, existe un gran interés público de conocer cómo se distribuyen, así como si la distribución está siendo realizada conforme al Plan Estratégico para la Vacunación contra la Covid-19 en la República Argentina", dijo la agencia en un comunicado citado por Télam y señaló que "cuando un sujeto (obligado ante la Ley 27.275 de Acceso a la Información Pública) entrega o publica cualquier información que contenga datos personales o ante un pedido de acceso a la información pública, ello constituye una cesión de datos personales efectuada en virtud de una obligación legal".

En ese sentido, agregó que "la información relativa a si un funcionario o empleado público ha recibido una vacuna contra el Covid-19 debe ser, entonces, considerada pública", agregó en un comunicado.

Al citar al Decreto 206/2017, la Resolución 48/2018 y la jurisprudencia internacional, explicó que "cuentan con una menor expectativa de privacidad que el resto de las personas ya que la compra de las vacunas fue realizada con fondos públicos y la ciudadanía debe poder controlar a quién el Estado argentino considera personal estratégico".

Por otra parte, aclaró que si el "acceso a la vacunación no es por una cuestión de salud sino que lo es como personal estratégico", en ese caso "no le caben las previsiones vinculadas a la protección de datos sensibles".

En relación a las personas que pudieran haber accedido a la vacuna contra la Covid-19 por fuera del plan oficial y las etapas allí establecidas, la agencia señaló que "dado el estado de situación de la crisis sanitaria, y en el supuesto de personas que hayan accedido al beneficio excepcional de vacunación desde el Estado por fuera del plan oficial, la Agencia entiende que el interés público en conocer quiénes accedieron de manera irregular a un bien, por el momento escaso, es superior al potencial daño individual que pudiera tener la persona involucrada".

La agencia agregó que "cualquier análisis que implique un test de interés público o una prueba de daño requiere tener en cuenta, también, el contexto en que se produce la colisión de derechos o de normas. En este supuesto caso, la escasez de vacunas, la ausencia de previsión en cuanto a la llegada de nuevas dosis y las consecuencias sanitarias de la pandemia influyen en la resolución de este conflicto normativo y de derechos".

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