Salidas recreativas: multas de hasta $10.000 por incumplir el protocolo
El gobierno provincial autorizó las salidas recreativas por esparcimiento para todos los mendocinos, aunque bajo estrictas normas de cumplimiento que contemplan la aplicación de multas de hasta 10.000 pesos en caso de infracción.
Mediante el Decreto 563/2020 firmado por el gobernador Rodolfo Suarez y publicado hoy en el Boletín Oficial, el Ejecutivo provincial autorizó en todo el territorio de la provincia la práctica de salidas al aire libre para esparcimiento, aunque acotándolas a una caminata recreativa en un radio de 500 metros desde el lugar de residencia.
El período máximo será de 60 minutos, con horario límite de las 19 horas, con distanciamiento social y sin necesidad de utilizar transporte público o vehículo, es decir, en la proximidad de su casa. Además, todas las persona deberán llevar su DNI, porque la medida será para la mitad de la población algunos días y para la otra mitad los otros días.
En ese sentido, las personas con DNI finalizados 1, 2, 3, 4, 5 podrán salir lunes, miércoles y viernes, mientras que los terminados en 6, 7, 8, 9 y 0, podrán salir martes, jueves y sábados. En cuanto a los domingos, por la mañana de 8 a 13 horas los documentos del primer grupo y a la tarde, de 14 a 19 horas, los del segundo grupo. De todas formas, los paseos se pueden hacer acompañados por una persona, siempre y cuando convivan en el mismo domicilio y coincidan sus últimos números del DNI.
Respecto a las mascotas, la normativa establece que se permitirán los paseos para ellas bajo las mismas condiciones, pero acotados a solo media hora de caminata.
Por otro lado, el gobierno provincial fijó algunas sugerencias para la vestimenta de los paseantes: "se recomienda el uso de ropa de fácil lavado y secado. Al regresar al domicilio, se recomienda ingresar por la puerta de menor circulación y retirarse la ropa en el baño o lavadero, para luego guardarla en una bolsa hasta el momento del lavado, realizado con el jabón habitual y en agua a temperatura entre 40° y 60°C.".
Cabe recordar que es obligatorio el uso de un tapaboca para todas las personas mayores de dos años y, en el caso de los niños, queda estrictamente prohibido el acceso a plazas, areneros y juegos infantiles.
Para quienes no cumplan, habrá sanciones. Las mismas serán de $5.000 en caso de no respetar el número del DNI y otros $5.000 en caso de que no lleven los recipientes para las heces de las mascotas. Esas multas se acumularán a las que puedan establecer los municipios y las que rigen para otras obligaciones, como el uso de los tapabocas.
Protocolo completo
SALIDAS DE ESPARCIMIENTO AUTORIZADAS POR ART. 4º Exclusivamente caminata recreativa en un radio de 500 (QUINIENTOS) metros de su lugar de residencia, según condiciones establecidas en el Art. 8º del DNU 408/2020.
ACCIONES BÁSICAS PARA DISMINUIR LA TRANSMISIÓN Y EL CONTAGIO:
- Respetar el distanciamiento social de 2 (DOS) metros entre personas.
- Respetar el protocolo de higiene respiratoria: no salivar los espacios públicos, asegurarse de toser o estornudar siempre con el tapaboca colocado.
- Cumplir con la higiene de manos: llevar consigo elementos como toallas húmedas, sanitizante o alcohol al 70% (gel o líquido).
- Evitar tocar objetos u otras superficies de la vía pública.
LUGAR DE LA ACTIVIDAD:
- Se deberá salir directamente desde el hogar a pie. No se permite el traslado en automóvil o transporte público.
- Se debe contar siempre con el DNI.
- En ningún momento se podrán detener en la vía pública.
- Las personas con los documentos finalizados en 1, 2, 3, 4 y 5 podrán realizar la actividad solo los días lunes, miércoles, viernes, en horario de 09.00 a 19.00 horas. Los días domingos se autoriza en horario de 08:00 a 13:00 horas.
- Las personas con los documentos finalizados en 6, 7, 8, 9 y 0 podrán realizar la actividad solo los días martes, jueves, sábados en horario de 09.00 a 19.00 horas. Los días domingos se autoriza en horario de 14:00 a 19:00 horas.
- Se podrá realizar la actividad acompañado de una sola persona, en lo posible un conviviente cuyo DNI coincida con la terminación ya establecida. En el caso de menores de edad, podrán salir más de uno acompañado de un solo padre o familiar mayor responsable. En esta situación la terminación del DNI a tomar en cuenta será la del mayor a cargo.
VESTIMENTA:
- Se recomienda el uso de ropa de fácil lavado y secado.
- Utilizar de manera obligatoria y en todo momento protección facial cubriendo boca, nariz y mentón; y que le permita realizar la actividad sin dificultad.
- En caso de menores, se recomienda el uso de protección facial a partir de los 2 (DOS) años.
- El adulto responsable asegurará que el menor no toque elementos de la vía publica que pudieran estar contaminados,
- De ninguna forma deberá permitirse el acceso a plazas, areneros, o juegos infantiles
- Al regreso de la actividad, se recomienda ingresar a su domicilio por la puerta de menor circulación y retirarse la ropa en el baño o lavadero. Guardarla en bolsa hasta el momento del lavado.
- Lavar la ropa con el jabón habitual y con agua a temperatura entre 40° y 60°C.
- Es recomendable ducharse luego de la actividad.
MASCOTAS:
- También se podrá -en las condiciones establecidas en este protocolo- sacar a pasear a mascotas, por un período no mayor de 30 (treinta) minutos, con recipiente y/o elemento útil para levantar las heces.
SANCIONES:
- Cualquier incumplimiento a las normas establecidas en el presente protocolo, será causal de las sanciones establecidas en el Art. 6° del presente Decreto Acuerdo.
- Adicionalmente, la falta de bolsa o recipiente adecuado para el levantamiento de las heces de mascotas, implicará una sanción equivalente al doble de la estipulada en este protocolo, independientemente de la sanción que pudiera corresponderle por infracción a normativa municipal, de conformidad con lo normado en el citado artículo.