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Uso obligatorio de tapabocas: las multas serán de entre $5.000 y $50.000

El gobernador Rodolfo Suarez confirmó a través de su cuenta de Twitter que a partir del miércoles 15 de abril será obligatorio utilizar algún elemento de protección facial para circular por las calles de Mendoza. Las multas para quienes incumplan la medida irán desde los $5.000 hasta los $50.000.
Foto: Télam
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El gobernador de Mendoza, Rodolfo Suarez, confirmó a través de su cuenta de Twitter que a partir del miércoles 15 de abril será obligatorio utilizar algún elemento de protección facial para circular por las calles de la provincia. Las multas para quienes incumplan la medida irán desde los $5.000 hasta los $50.000.

Según indica el Decreto 518 firmado por el gobernador, el incumplimiento de la obligación establecida será penado con una multa de $5.000 para la persona infractora que circule en la vía pública.

En caso de encontrarse dentro de un comercio o centro de atención privado, la multa será de $10.000 para el comercio o centro de atención privado y se incrementará a $50.000 si se trata de un supermercado o hipermercado.

"A partir de las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, he firmado hoy el Decreto 518 que establece, desde el próximo miércoles 15 de abril, el uso obligatorio de elementos de protección facial que cubran nariz, boca y mentón", indicó Suarez este mediodía.

Y agregó: "El uso es obligatorio para quien circule en la vía pública, ingrese o permanezca en locales comerciales, o dependencias de atención al público, sin excepción. El incumplimiento de la medida establecida será penado con multa para el infractor".

"Los elementos de prevención facial que pueden ser utilizados son: tapaboca, bandanas, pañuelos, buff, bufandas o similares. Los barbijos sanitarios serán reservados de forma exclusiva para el personal de salud y seguridad", completó el gobernador.

La medida comenzará a regir en Mendoza a las cero horas del miércoles 15 de abril. Además, la disposición establece que los barbijos sanitarios serán reservados de forma exclusiva para el personal de la Salud y de Seguridad y se recomienda la utilización de tapabocas caseros.

La norma también faculta a los municipios para controlar, de forma concurrente con el Gobierno provincial, el cumplimiento de lo dispuesto. Lo recaudado con las multas será destinado a los sistemas de salud de la Provincia o del Municipio, según quien constate la infracción.

Por último, el decreto dispone la prohibición de acceso a cualquier medio de transporte público de pasajeros a quienes no cumplan con la obligación estipulada.