La primera del país

Una ciudad argentina prohibió la venta de hisopos descartables

Ushuaia se convirtió en la primera ciudad del país en prohibir la comercialización de hisopos plásticos descartables, medida promovida por las autoridades locales para evitar el efecto contaminante que estos artículos producen en el mar una vez que son utilizados.

Redacción MDZ
Redacción MDZ jueves, 10 de diciembre de 2020 · 20:33 hs
Una ciudad argentina prohibió la venta de hisopos descartables
Foto: Pixabay

Ushuaia, capital de la provincia de Tierra del Fuego, se convirtió en la primera ciudad del país en prohibir la comercialización de hisopos plásticos descartables, medida promovida por las autoridades locales para evitar el efecto contaminante que estos artículos producen en el mar una vez que son utilizados.

Esta prohibición fue aprobada por unanimidad en el Concejo Deliberante de la capital fueguina, a instancias de una asociación ambientalista que había presentado en mayo pasado un proyecto de ordenanza para frenar la venta de esos productos.

El argumento principal de la medida es que estos objetos plásticos son utilizados una sola vez y arrojados al inodoro, por lo que ingresan al sistema cloacal y terminan, en el caso de Ushuaia, en las playas del Canal Beagle.

La organización no gubernamental (ONG) “A limpiar Ushuaia” realiza limpiezas periódicas de las costas fueguinas donde recogen miles de hisopos, mientras que otros tantos permanecen en el agua en forma de microplásticos o son ingeridos por peces u otros animales. “Por un lado constituyen elementos innecesarios para la higiene personal y los profesionales de la salud no recomiendan su uso. Por otra parte generan contaminación en el mar, y por eso hay varios países donde ya fueron prohibidos o sustituidos por otros de material biodegradable”, explicó la entidad.

A partir de ahora, los comercios de Ushuaia contarán con un plazo de 180 días desde la publicación en el Boletín Oficial para dejar de ofrecer en venta este tipo de productos, y en caso de no haber agotado el stock, “deberán solicitar una autorización de prórroga que no podrá exceder los 365 días”.

Del mismo modo, el régimen de sanciones prevé la posibilidad de que los vecinos denuncien el incumplimiento y fija penas de apercibimiento y multas de entre $4.600 y $276.000, además de la posibilidad de una clausura del local comercial por el lapso de 30 días. La ordenanza también contempla que los fondos recaudados por esos conceptos serán destinados a “programas de educación o saneamiento ambiental”.

En tanto, la Cámara de Diputados de la Nación analiza desde 2018 un proyecto de ley de Eliminación Progresiva de Descartables Plásticos que, según fuentes legislativas, podría aprobarse antes de la finalización del período de sesiones ordinarias de este año y unificar criterios sobre la materia en todo el país.

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