¡A cuidarse!

Desde este fin de semana se incrementarán los controles viales

Recomienda la figura del conductor designado para evitar multas por alcoholemia. La Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial sigue sumando alcoholímetros y compartió recomendaciones clave.

Redacción MDZ
Redacción MDZ sábado, 21 de diciembre de 2019 · 10:31 hs
Desde este fin de semana se incrementarán los controles viales

Como cada año cuando se acercan las fiestas, el Gobierno de Mendoza reforzará los controles viales para prevenir accidentes, sobre todo, en horas de la noche. De esta manera, recomendó enfáticamente utilizar la figura del conductor designado, para evitar duras sanciones (de hasta $108.000 e inhabilitación para conducir).

Desde el lunes, y durante los festejos del 24 y 25 de diciembre, el Ministerio de Seguridad dispondrá de unos 200 efectivos para los controles de documentación, alcoholemia y se sumarán preventores municipales, según señaló titular de Seguridad Vial de la provincia, Oscar Hómola.

Habrá 90 puestos operativos, cerca de 200 efectivos, 45 motos, 22 móviles y 41 alcoholímetros, entre otros recursos que se integrarán a los controles.

Orlando Corvalán, flamante jefe de la Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial (UESV), señaló que continúan y refuerzan la tarea de prevención de accidentes y recuerdan la prohibición de conducir vehículos bajo los efectos del alcohol y las consecuencias que produce al volante.

“Hacemos mucho hincapié en que se utilice la figura del conductor designado. Además, es una responsabilidad de las familias hablar este tema y especialmente conversarlo con los más jóvenes”, expresó Corvalán. Además, destacó que en la UESV han incorporado nuevos alcoholímetros calibrados, que ya se han puesto a disposición de la Policía de Mendoza para estos controles de Navidad y Año Nuevo.

Lo que señala la nueva Ley de Seguridad Vial en Mendoza

De acuerdo con la Ley 9024, está prohibido conducir automóviles bajo los efectos de alcohol, con una alcoholemia superior a 500 miligramos por litro en sangre y, para quienes conduzcan bicicletas con o sin motor, motocicletas o ciclomotores queda prohibido hacerlo con una alcoholemia superior a 200 miligramos por litro en sangre.

Respecto de los conductores de vehículos automotores destinados al transporte de pasajeros y de carga, se dispone que deben conducir con tasa de alcoholemia cero gramos por litro en sangre. La autoridad competente realizará el respectivo control mediante el método adecuado aprobado a tal fin.

Asimismo, se prohíbe conducir bajo los efectos de psicotrópicos, estupefacientes, estimulantes u otras sustancias análogas, entre las que se incluirán, en cualquier caso, los medicamentos u otras sustancias bajo cuyo efecto se altere el estado físico o mental apropiado para circular sin peligro.

Se establece que todos los conductores de vehículos automotores se encuentran obligados a someterse a las pruebas que la reglamentación de la ley establezca para la detección de posibles intoxicaciones, y es falta leve la negativa a realizarlo y a su vez la presunción en contrario.

En la actualidad, las multas económicas por alcoholemia pueden ir entre $36.000 y $108.000, pero además, y según la gravedad de los casos, los conductores sancionados pueden sufrir inhabilitaciones para conducir; se les puede retener el vehículo e incluso están contemplados hasta 30 días de arresto.

 

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