Condenan a Menem por el tráfico de armas
Carlos Menem fue condenado hace instantes en la causa por el tráfico de armas a Croacia y Ecuador. La Cámara de Casación Penal revocó el fallo del tribunal oral y condenó a Menem por ser coautor del delito de "contrabando agravado por tratarse de material bélico y por contar con la intervención de funcionarios públicos y de más de tres personas, reiterado en diez hechos".
La condena es grave, pero aún quienes deberán establecer la pena son los camariestas que originalmente lo habían absuelto.
Menem estuvo preso por la misma causa a principios de la década del 2000; aunque la justicia le otorgó el beneficio de prisión domiciliaria. Luego en el juicio oral fue absuelto, pero todo cambió. El tráfico de armas funcionó con una simulación de venta de armas a Panamá, que en realidad tenían como destino Croacia y Ecuador. Fue la embajada de Perú la que primero alertó del tema y luego se descubrió la trama a través de los medios.
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La justicia ahora determinó que Menem fue responsable de la maniobra porque firmó decretos autorizando la venta de armas con el destino ficticio. Además ponen como agravante el hecho de ser funcionarios públicos, de haber trabajado en asociación y también que las armas fueron enviadas a países en conflicto, sobre quienes había un control de parte del comité de seguridad de la ONU.
Por la misma causa también fue condenado Oscar Camilión, ex ministro de Defensa, pero por cuatro hechos. Las otras condenas recayeron sobre Diego Emilio Palleros, Manuel Cornejo Torino, Haroldo Luján Fusari, Carlos Alberto Nñuñez, Julio Jesús Sabra, Luis Eustaquio Agustín Sarlenga, Edberto González de la Vega, Carlos Jorge Franke, Jorge Antonio Cornejo Torino y Teresa Hortensia Irañeta.
Según el fallo "los hechos que se les han endilgado a los imputados Menem, Camilión, Palleros, Manuel Cornejo Torino, Sabra, Sarlenga, Fusari, Nuñez, González de la Vega, Franke, Jorge Antonio Cornejo Torino e Iñareta de Canterino, fueron debidamente constatados en cuanto a su materialidad e intervención de cada uno de ellos en los tramos y condiciones que les fueron atribuidos".
Las acusaciones a Menem
Para los jueces, la participación del ex presidente es innegable porque estampó si firma en las norams que permitieron el contrabando. "Su intervención en los hechos no resulta controvertida. Consiste en el dictado de los decretos 1697 27/8/91), 2283(31/10/91) y 103 (24/1/95) por los que se autorizara a la Dirección General de Fabricaciones Militares a realizar exportaciones de material bélico con destino a las Repúblicas de Panamá y Venezuela, al amparo de los que se realizaron las operaciones objeto de la presente causa y dichos decretos han sido publicados en el Boletín Oficial, y por tanto relevada de la labor probatoria, por cuanto además tal circunstancia ha sido por él reconocida en sus
declaraciones indagatorias", indica.
Pero además, explican que "se encuentra acreditado que al momento de realizar tal conducta el nombrado conocía que el destino, Panamá, consignado en los decretos 1697/91 y 2283/91 era ficticio. Ello se desprende, en primer lugar, del hecho de que la República de Panamá en modo alguno podía ser el destinatario del material bélico en cuestión en la medida de que ese país se encontraba sometido a una invasión por parte de los Estados Unidos de América, hecho público y notorio".
La sentencia indica: "CONDENAR a Carlos Saúl MENEM como coautor del
delito de contrabando agravado por tratarse de material bélico y por contar con la intervención de funcionarios públicos y de más de tres personas, reiterado en diez hechos (arts. 45, 54 y 55 del C.P., 863, 864 inc. b), 865 incs. a) y b) y 867 del C.A., 470 y 471 del CPPN), debiendo el tribunal de origen fijar la pena que corresponda teniendo en cuenta los parámetros contenidos en los arts. 40 y 41 del C.P.".