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Condenaron a 15 años de prisión al padre de Micaela Reina
La Suprema Corte anuló el fallo inicial de la Quinta Cámara del Crimen, que lo hallaba culpable de haber privado ilegítimamente la libertad de su hija y lo condenaba a 6 años de prisión, para ampliar la pena de Alejandro Prádenas al encontrarlo además responsable de "abandono de persona, seguido de muerte". La pequeña, de 12 años, apareció sin vida en una bodega abandonada y con claros signos de haber sido violada, en mayo de 2008.
A pesar de rechazar el pedido del fiscal, que exigía una condena a 17 años de prisión, los miembros de la Suprema Corte coincidieron en señalar la responsabilidad de Alejandro Prádenas por el abandono de su hija, Micaela Reina, lo que a la postre significó su muerte; y determinaron condenarlo a 15 años de prisión.
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Prádenas había sido sentenciado, en primera instancia, a 6 años de encarcelamiento por los jueces Laura Gil de Chales, Rafael Escot y Gonzalo Guiñazú, integrantes de la Quinta Cámara del Crimen, al hallarlo responsable de privar ilegítimamente la libertad de su hija.
Micaela había aparecido sin vida, en mayo de 2008, en una bodega abandonada en Guaymallén y por el caso fueron imputados Apolo Díaz, Walter Prádenas –tío de la víctima- y el padre de la niña.
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Tras el enjuiciamiento de los tres hombres, en octubre del año pasado y durante el que también se pidió un jury a la jueza Elsa Galera, el Tribunal determinó absolver a Díaz –acusado del delito más grave- y a Walter Prádenas.
Antes de que terminara el año, el fiscal Javier Pascua presentó un recurso de Casación reclamando que en la condena al padre de Micaela no se había tenido en cuenta su responsabilidad en el abandono de la niña.