Aeronáutica Civil

Se oficializó la prohibición de vuelo de los Boeing 737 Max en el espacio aéreo argentino

Este martes se publicó en el Boletín Oficial la resolución que prohíbe el uso de las aeronaves y el sobrevuelo en el espacio aéreo nacional.

martes, 19 de marzo de 2019 · 09:25 hs

Este martes se publicó en el Boletín Oficial la resolución de la ANAC que prohíbe el uso y el sobrevuelo en el espacio aéreo argentino de aeronaves Boeing 737 MAX 8 y 9.

La Administración Nacional de Aviación Civil resolvió prohibir las operaciones de los aviones Boeing 737-8 Max por parte de las aerolíneas certificadas en Argentina y “prohibir” además el sobrevuelo de estas aeronaves en todo el espacio aéreo nacional.

Con esta decisión se debe dejar temporariamente en tierra e incluso impedir el sobrevuelo del territorio Argentino de todo tipo de aeronave Marca Boeing 737-8 Max Y 737-9 Max de forma inmediata y hasta que las actividades de investigación del más reciente accidente protagonizado por el modelo de aeronave en cuestión arribe a conclusiones que justifiquen el levantamiento de la medida.

Alude a que “idéntico temperamento han adoptado otras autoridades aeronáuticas a nivel mundial, siguiendo la recomendación efectuada públicamente por el fabricante y con el objeto de garantizar la seguridad operacional hasta tanto se esclarezcan las causas de los siniestros acaecidos el día 29 de octubre de 2018 y el día 10 de marzo de 2019 en la República de Indonesia y en la República Democrática Federal de Etiopía, respectivamente”.

Atento a esto la ANAC resuelve: “Prohíbase la operación de las aeronaves Marca Boeing Modelos 737.8 Max Y 7374/ Max por parte de todos los operadores certificados en la República Argentina”, y “el sobrevuelo de las aeronaves” en todo el territorio de la República Argentina.

A modo de excepción indica que “podrán emitirse permisos especiales de vuelo para las aeronaves en cuestión para que las mismas sean trasladadas para su hangar, para efectuar reparaciones, alteraciones o mantenimiento u otros propósitos análogos, los que deberán ser llevados a cabo exclusivamente sin pasajeros a bordo”.

Mirá la resolución:

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