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Quiénes integran el nuevo Consejo de Minería de Mendoza y que rol cumplirá en la actividad

El órgano consultivo se conforma por profesionales, técnicos y empresarios y buscará intervenir en diferentes procedimientos de la minería en la provincia.

El Consejo de Minería de Mendoza tuvo su primera reunión.

El Consejo de Minería de Mendoza tuvo su primera reunión.

Gobierno de Mendoza

La ministra de Energía y Ambiente, Jimena Latorre, encabezó la primera reunión del Consejo de Minería de Mendoza, un órgano consultivo previsto dentro del Código de Procedimiento Minero que incluye representantes de los sectores profesional, técnico y empresario.

El Consejo fue constituido luego de la designación de sus integrantes y es el segundo organismo a cargo de ejercer la Autoridad Minera, por debajo de la Dirección de Minería, ambos dentro de la órbita de la cartera de Energía y Ambiente.

La selección de sus integrantes se dio por intermedio de un proceso establecido por el nuevo Código Minero, garantizando la participación de los actores del sector. De esta forma, se sumaron perfiles de diversas disciplinas como el derecho, la ingeniería o la geología, además de servicios asociados como la construcción.

Jimena Latorre encabezó la primera reunión del Consejo de Minería de Mendoza.

Jimena Latorre encabezó la primera reunión del Consejo de Minería de Mendoza.

La idea es que el organismo aporte una mirada técnica, profesional y multisectorial a los distintos procedimientos en los que intervenga el Consejo.

Cómo quedó conformado el Consejo de Minería

Como representante de los abogados fue designado como consejero titular Diego Eduardo Silvestre y, como suplente, Florencia Victoria Sar-Sar.

En representación de los profesionales de las ciencias aplicadas a la minería, la titular será Andrea Florencia Soledad Calderón, y el suplente, Claudio Ángel David Dagne.

En representación de las cámaras empresarias y entidades afines a la minería fue designado como titular Raúl Gustavo Rivarola y, como suplente, José Ángel Candeloro.

Los consejeros ejercerán sus funciones por dos años y deberán dictar el reglamento interno que establecerá la modalidad de funcionamiento del organismo, de acuerdo con las disposiciones de la Ley 9003 de Procedimiento Administrativo.