Cuadernos de la corrupción

Los mendocinos que irán a juicio junto con Cristina por la causa de los cuadernos

Bonadío elevó a juicio una parte de la causa por los cuadernos. Hay dos mendocinos que deberán enfrentar el juicio, pero con un delito más leve del que pesaba sobre ellos al principio. 

sábado, 21 de septiembre de 2019 · 11:38 hs

El juez Claudio Bonadío dio por terminada la etapa de instrucción de la primera parte de la causa de los "cuadernos" de la corrupción y la elevó a juicio. La principal acusada es la ex presidenta y candidata a vice Cristina Fernández de Kirchner, a quien Bonadío acusa de ser jefa de la asociación ilícita formada, según el juez, para ejecutar un mecanismo de corrupción con base en el Estado y con la participación de empresarios. En la lista de acusados también están Julio De Vido (como organizador de esa asociación ilícita) y toda la cadena de funcionarios del ministerio de Planificación Federal.

Pero también están los empresarios que pagaron coimas y que reconocieron esos hechos como arrepentidos ante el propio juez. Esa declaración de culpabilidad les otorga algunos beneficios, pero el principal guiño vino por otro lado. La Cámara Federal los exculpó a la mayoría del delito de asociación ilícita y los acusó de cohecho. Bonadío, tomando ese camino, dictó el sobreseimiento a la mayoría y sí pide que sean enjuiciados por ese delito de menor peso, que es pagar coimas. 

En la lista de empresarios que irán a juicio hay dos mendocinos que están ligados entre sí. Se trata de Enrique Pescarmona, ex dueño de IMPSA, y Rubén Valenti, que era su mano derecha en la empresa. Bonadío acusa a Pescarmona de Enrique  de cohecho activo por el pago de 13 coimas. A Valenti también, pero en calidad de partícipe necesario. En el escrito, figuran todos los pagos realizados y que estaban detallados en los cuadernos de Centeno.

Los pagos de coimas que hicieron Pescarmona y Valenti

En la acusación contra Cristina Fernández  aparecen los mencionados empresarios. A la ex presidenta la acusan de "cohecho pasivo" por haber recibido, según el juez,  32 pagos de coimas. Allí mencionan 7  pagos efectuados por Pescarmona los días 29 de mayo de 2008, 28 de octubre de 2008, 4 de junio de 2009, 23 de septiembre de 2009, 27 de enero de 2010, 20 de agosto de 2009 y 28 de abril de 2010. Sin embargo esos delitos no están en la elevación a juicio dictada por Bonadío y quedarían para otra instancia. 

De qué los acusan

Bonadío había incluido a los ex jefes de IMPSA como parte de la asociación ilícita. Sin embargo, revirtieron esa decisión. En las anotaciones del chofer Oscar Centeno, que fue el elemento que desató la investigación tras el hallazgo de periodistas del diario La Nación, aparecen los pagos que hacían los empresarios a los funcionarios, principalmente a Roberto Baratta. En esos cuadernos, figuran los pagos a Valentti como ejecutivo de IMPSA. Y también dónde se hacían: en un hotel y en un departamento de Capital. Incluso, con algunos detalles pintorescos, como la entrega de vinos de "la casa" Pescarmona (Lagarde).

El propio empresario reconoció esos pagos pero aseguró que eran parte de un mecanismo de extorsión que ejecutaba el Gobierno anterior; discurso recurrente de los empresarios acusados y arrepentidos.

"Debe señalarse que si bien al momento de valorar la responsabilidad en los sucesos Enrique MENOTTI PESCARMONA (menciona una larga lista de ex funcionarios y empresarios), se hizo referencia a las constancias por las cuales este Tribunal consideraba acreditada su responsabilidad respecto al delito de asociación ilícita, al resolver el Tribunal Superior entendió que no pudo acreditarse el acuerdo criminal, por el que asumieran un rol determinado dentro de la organización y que sirva para alcanzar sus fines, lo cual debe tener además cierta proyección en el tiempo”, describe Bonadío y por eso decreta el sobreseimiento de Pescarmona en ese delito. 

El delito de cohecho está descrito en el artículo 258 del Código Penal y establece condenas de entre uno y seis años de prisión. Sin embargo el juez incorpora la suma de hechos como condimento y el propio Código establece que si son hechos independientes las condenas pueden "sumarse".