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La nueva medida del Gobierno para acelerar proyectos mineros en Mendoza

La Dirección de Minería creó el Registro de Proyectos Mineros. Todos los peticionantes, titulares y operadores deberán inscribirse y cumplir una serie de requisitos.

La Dirección de Minería creó el Registro de Proyectos Mineros.

La Dirección de Minería creó el Registro de Proyectos Mineros.

Gobierno de Mendoza

El Gobierno de Mendoza creó y reglamentó este martes el Registro de Proyectos Mineros con el objetivo de darle celeridad y modernización a los procesos que involucren minas y sus industrias derivadas. La medida quedó plasmada en la Resolución 462, de la Dirección de Minería y cumplió con uno de los puntos establecidos en el Código de Procedimientos Minero reformado el año pasado.

La resolución lleva la firma del director de Minería, Jerónimo Shantal, y resalta que el Registro de Proyectos Mineros es “una herramienta fundamental para promover y fomentar el desarrollo de la actividad en la provincia de una forma eficaz y transparente”.

En este registro deberán inscribirse todos los peticionantes, titulares y operadores de los proyectos mineros que existen en la provincia y deberán cumplir con una serie de requisitos para mantener actualizado las áreas en las que se desarrolla esta actividad.

La norma define como proyecto minero al “área de una o más concesiones y/o pedimentos mineros, que tiene por objeto la realización de tareas para el descubrimiento, valoración y cuantificación de un potencial yacimiento, y que, por razones técnicas, operativas y de características propias del depósito mineral, se realiza un conjunto de operaciones, trabajos y labores mineras destinadas a la preparación, desarrollo y producción del yacimiento”.

Desde la Dirección de Minería resaltan que la actividad minera es “una industria de innegable potencial y estratégica para nuestra provincia, lo cual le asigna al Estado Provincial el rol de promotor y fiscalizador de la actividad a fin de que las minas sean exploradas, explotadas y puedan obtenerse de ellas la mayor cantidad de riqueza posible en provecho y beneficio de la sociedad”.

A raíz de la utilidad y el interés público de la actividad el Gobierno apunta a generar medidas para velar por el cumplimiento de la normativa minera, ambiental y de higiene y seguridad.

En este sentido, las autoridades decidieron avanzar con la creación y reglamentación del Registro de Proyectos Mineros con el objetivo de “dotar de mayor celeridad, eficacia, rapidez y transparencia” establecidos en el Código de Procedimientos Minero.

Qué es el Registro de Proyectos Mineros

Leonardo Fernández, director de Gestión y Fiscalización Ambiental; y Jerónimo Shantal, director de Minería.
La resolución lleva la firma de Jerónimo Shantal, director de Minería.

La resolución lleva la firma de Jerónimo Shantal, director de Minería.

A partir de la creación del Registro de Proyectos Mineros, la Escribanía de Minas de la Dirección de Minería tendrá la responsabilidad de llevar el libro correspondiente, y en el cual deberán inscribirse todos los peticionantes, titulares y operadores de Proyectos Mineros.

A su vez, el Área de Desarrollo Sostenible y el Área de Catastro de la Dirección de Minería deberán tomar razón de todas las inscripciones efectuadas en el Registro de Proyectos Mineros a todos los efectos legales que pudieran corresponder. Esta inscripción se realizará mediante presentación de un formulario por sistema tickets de la Dirección de Minería.

Los peticionantes, titulares y operadores de proyectos mineros deberán acompañar una Declaración Jurada de Buenas Prácticas, una Declaración Jurada Técnica y en los casos de Permisos de Explotación la Declaración Jurada Técnica será de presentación obligatoria y deberá acompañar el acompañar el programa mínimo de exploración.

La autoridad ambiental minera podrá requerir a los peticionantes, titulares y operadores que informen, en el plazo de 15 días, los avances y resultados técnicos de los trabajos de los Proyectos Mineros inscriptos. Este punto será obligatorio para el cierre de campañas, discontinuidad de las operaciones, cambio de etapa de avance del proyecto y/o cambios en la titularidad de los derechos.

Por otra parte, los peticionantes, titulares u operadores de Proyectos Mineros en etapas de prefactibilidad y factibilidad reportarán los cálculos de reserva especificando detalles técnicos, económicos, ambientales y sociales.

En caso de incumplimiento de cualquiera de los puntos exigidos para la inscripción en el registro, la autoridad minera impondrá sanciones.