La Justicia confirmó la pena única de 15 años de prisión para Lázaro Báez
La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de la defensa del empresario santacruceño y avaló la unificación de las condenas en “Ruta del Dinero” y “Vialidad” al considerar que no hubo doble castigo ni violación de garantías constitucionales.
Lázaro Baéz será trasladado a una prisión Federal.
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la pena única de 15 años de prisión impuesta a Lázaro Báez y rechazó el recurso presentado por su defensa, que había cuestionado la unificación de condenas por considerar que implicaba una doble sanción por los mismos hechos.
Los jueces Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky sostuvieron que la decisión del Tribunal Oral Federal N°4 estuvo debidamente fundada, y se ajustó a las reglas del concurso real de delitos previstas en el Código Penal.
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La resolución ratifica la condena que integra dos sentencias firmes: una de diez años de prisión en la causa conocida como “Ruta del Dinero” por lavado de activos agravado y la del expediente “Vialidad” de seis años por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. Al unificarlas, el TOF 4, presidido por el magistrado Néstor Costabel, fijó una pena total de 15 años de cárcel y una multa equivalente a seis veces el monto de la operación investigada en la causa de lavado.
Los abogados de Báez habían argumentado que se violaba el principio constitucional de “ne bis in idem” que señala que no se puede juzgar dos veces a una persona por el mismo delito, al sostener que el reproche por la administración fraudulenta ya estaba incluido en la condena por lavado.
También plantearon que los hechos eran conexos, que existía superposición temporal y que se habían computado dos veces los mismos daños económicos. Sin embargo, los camaristas concluyeron que las condenas refieren a “plataformas fácticas independientes en tiempo, modo y lugar”, con afectación a bienes jurídicos distintos, lo que habilita su tratamiento como delitos diferenciados.
En el voto que lideró el acuerdo, el juez Javier Carbajo remarcó que “el quantum de la sanción no luce desproporcionado ni irrazonable” al sostener que la unificación no supone una simple suma aritmética, sino una valoración integral de los hechos y de las circunstancias agravantes y atenuantes. En tanto, sus pares Gustavo Hornos y Mariano Borinsky acompañaron su criterio y sostuvieron que las condenas unificadas corresponden a hechos distintos, con calificaciones jurídicas diferentes.
Los jueces del máximo tribunal penal del país también desestimaron los cuestionamientos vinculados a la situación personal de Báez, como su edad, su estado de salud, el tiempo ya cumplido en prisión y el impacto familiar de la condena. Si bien esas circunstancias fueron mencionadas por la defensa, los casadores entendieron que el Tribunal Oral Número 4 las ponderó junto con otros factores, como la magnitud del daño económico, la sofisticación de las maniobras y el rol central del condenado en los hechos investigados.
Días atrás, los mismos camaristas ratificaron la condena de 4 años y medio de prisión para Báez en la casa conocida como “El Entrevero”, derivación de “Ruta del Dinero” también por lavado de activos por la compra de una lujosa estancia de 150 hectáreas en la localidad balnearia de José Ignacio en Uruguay por 14 millones de dólares; todo a través de diversas sociedades y testaferros del empresario para buscar ocultar al verdadero propietario.
