La Justicia argentina rechazó un pedido de detención contra Benjamín Netanyahu
La Cámara Federal porteña convalidó la decisión del juez Casanello, quien desestimó un planteo de familiares de palestinos que murieron en el conflicto en Medio Oriente ante la visita del premier israelí prevista para septiembre, que finalmente no se concretó.

La Sala II de la Cámara Federal Porteña rechazó el pedido para detener al primer ministro de Israel, Benjamín Netanyahu, a su llegada a Argentina, en el marco de acusaciones por graves violaciones de derechos humanos contra el pueblo palestino. El planteo fue formulado por los abogados Rodolfo Yanzón y Raji Sourani, este último, titular del Centro Palestino por los Derechos Humanos, en representación de hijas e hijos de palestinos que murieron en los ataques en Gaza.
Los letrados argumentaron su denuncia bajo el Estatuto de Roma y la normativa nacional que adhiere a la Corte Penal Internacional (CPI), tribunal que ya libró una orden de detención contra Netanyahu en noviembre de 2024. No obstante, el fiscal Gerardo Pollicita y el juez Casanello señalaron la ausencia de pruebas de la presencia de Netanyahu en el país y la falta de un procedimiento formal iniciado ante el Poder Ejecutivo para ejecutar esa orden.
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La decisión fue objetada por los denunciantes y analizada por los camaristas Roberto Boico, Martín Irurzun y Eduardo Farah. Los magistrados convalidaron lo actuado en primera instancia y señalaron el carácter excepcional de la jurisdicción universal, que se aplica sólo cuando no hay posibilidad efectiva de juzgamiento en otras instancias.
Qué dijeron los jueces
Los magistrados enfatizaron la necesidad de no politizar ni abusar del sistema para evitar riesgos de persecuciones políticas o intervenciones soberanas indebidas y advirtiendo la posibilidad de reevaluar el caso si cambian las circunstancias.
En su voto, el juez Farah hizo hincapié en que no es procedente librar un pedido de captura por los hechos denunciados en el expediente, pues la fiscalía no impulso la investigación penal ante el juzgado y “en consecuencia, no hay instrucción iniciada que habilite a considerar una petición de esa naturaleza”.
Si bien Argentina reconoce la jurisdicción universal, que permite juzgar crímenes internacionales, aunque no ocurran en su territorio, los camaristas recordaron que la misma se aplica solo cuando no existen otros tribunales mejor posicionados para investigar y juzgar, como es el caso de la Corte Penal Internacional.