La Justicia anuló el despido de un municipal de Luján y ordenó reincorporarlo
La Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto la cesantía de un agente y condenó al municipio a reincorporarlo en el cargo de Ayudante Obrero/Auxiliar Administrativo.

La Suprema Corte anuló la cesantía de un empleado municipal y ordenó a Luján de Cuyo a reincorporarlo en el cargo que tenía al momento del despido.
La Suprema Corte de Justicia de Mendoza anuló el despido de un trabajador municipal de Luján de Cuyo y condenó a la comuna a reincorporarlo en el cargo que tenía al momento de la cesantía.
Los jueces Mario Adaro, Omar Palermo y José Valerio hicieron lugar a una demanda interpuesta por Cristian Alexander Benavidez, quien denunció la ilegitimidad de una serie de decretos de la Municipalidad de Luján de Cuyo que confirmaron su cesantía en el año 2018.
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En la acción procesal administrativa que impulsó señaló que ingresó a trabajar en diciembre de 2011 como empleado municipal realizando tareas de mantenimiento de plazas y demás espacios verdes departamentales, luego pasó al Cementerio Municipal y más adelante fue destinado a la Delegación de Agrelo como personal de Mantenimiento de los espacios públicos. Posteriormente fue trasladado a realizar tareas de mayordomía en Recursos Humanos, en tanto estaba terminando sus estudios superiores de electricidad en la Escuela Técnica Lemos y, al recibirse, pasó a prestar funciones en el área de Electromecánica.
Benavidez alegó que con el cambio de gobierno a fines de 2015, y la asunción de Omar De Marchi como intendente, pasó nuevamente a realizar tareas en Espacios Verdes y luego a Servicios Públicos. Advirtió que sufrió un accidente de trabajo el 16 de enero de /2018 a raíz del cual fue derivado a la Clínica Luján. Este evento motivó un reclamo por la atención de la Aseguradora Liderar ART, el que aún está en trámite judicial por un diagnóstico de “Lumbalgia Post Esfuerzo”.
En el relato que presentó ante la Corte, el demandante aclaró que en 2018 se le inició un sumario administrativo por faltas sin justificar, el que concluyó con su cesantía.
A raíz de ello cuestionó la decisión del municipio y señaló que “como consecuencia del accidente de trabajo sufrido y del reconocimiento de la enfermedad ‘discopatía lumbar’ y ‘lumbalgia’, no podía realizar tareas de limpieza de la vía pública, ni tampoco que los referidos médicos comunicaron que debía realizar tareas livianas”.
A su vez, aseguró que siempre se presentó a trabajar e hizo lo que podía “en tanto no estaba en condiciones físicas de cumplir las tareas que se le pretendían asignar y que la falta de marcación se debió a la falta de funcionamiento del reloj antes referida”.
La Corte anuló el despido
El caso fue analizado en primer lugar por el ministro Mario Adaro quien concluyó que los decretos municipales que confirmaron la cesantía de Benavidez “se encuentran viciados gravemente (art. 60 inc. a L.P.A.) por haber violado la garantía de defensa del sumariado, lo que determina la nulidad de los actos cuestionados”.
Entre los argumentos expuestos por el juez, indicó que de las 11 inasistencias que detalla el acto sancionatorio como injustificadas, sólo están acreditadas 4 o 5 inasistencias injustificadas, con lo cual, la cuenta no llega al mínimo establecido para configurar causal de cesantía.
Frente a esta situación, Adaro consideró que correspondía la anulación de los decretos y esa postura fue respaldada por los ministros Palermo y Valerio.
Ante esta situación, los jueces resolvieron hacer lugar a la acción procesal administrativa entablada por Cristian Alexander Benavidez, y declarar la nulidad de los Decretos N° 1634/18 y N° 2778/18, como así también los actos confirmatorios de los mismos, emitidos por el Intendente de la Municipalidad de Luján de Cuyo.
Los jueces advirtieron también que “la consecuencia inmediata que acarrea la nulidad que se declara es la reincorporación del agente Cristian Alexander Benavidez al cargo que ocupaba al momento de la cesantía, Ayudante Obrero/Auxiliar Administrativo, Categoría 3-A, Cargo: 22-4-2-00”.
En este sentido, condenaron a la Municipalidad de Luján de Cuyo a reincorporar al agente en el cargo que ostentaba al momento en que fue despedido.