La estrategia de la oposición para que los municipales tengan mejores salarios en Mendoza
El Partido Justicialista presentó un proyecto de ley y cosechó el apoyo de La Unión Mendocina y el Partido Verde.

Empleados municipales de Mendoza
El senador del Partido Justicialista, Félix González, insistió en los últimos días en la presentación de un proyecto de ley que busca la creación del Consejo Provincial del Salario Municipal, con el objetivo de establecer un salario base para los trabajadores en los 18 municipios de Mendoza y mejorar los sueldos de los empleados, que son los más bajos a nivel estatal.
La particularidad es que, si bien la iniciativa fue presentada por el Partido Justicialista, fue apoyada por los bloques de La Unión Mendocina (con Ariel Pringles) y el Partido Verde (con Dugar Chappel), por lo que restaría el visto bueno del oficialismo.
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En los fundamentos del texto, el legislador mencionó que fue presentado en 2023 por el exsenador kirchnerista, Lucas Ilardo, y sostuvo que “es una total injusticia que el personal municipal tenga los sueldos del sector de trabajo registrado con menor poder adquisitivo", por lo que marcó la necesidad de "remediar esta situación sin escudarse en jurisdicciones ni competencias, dejando toda bandería política de lado”.
González explicó que, en promedio, los empleados municipales perciben alrededor de $400.000 pesos, un ingreso insuficiente y sensiblemente bajo teniendo en cuenta la canasta básica alimentaria y total a nivel nacional y provincial. Según el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec), una familia de cuatro integrantes necesitó en julio al menos $1.149.352,91 para no ser pobre y $515.404,89 para no caer en la indigencia.
“No podemos seguir manteniendo en la postergación a trabajadores que en promedio cobran $400.000 por mes. Desde nuestro bloque entendemos que este proyecto viene a dotar de una herramienta útil para abordar la presente problemática”, comentó.
Consejo provincial del salario para municipales de Mendoza
El proyecto establece que el Consejo estará integrado por representantes de los municipios que adhieran a la iniciativa, junto a los sindicatos de segundo grado y la Federación de Sindicatos Municipales de Mendoza (FeSiMuMe).
Su función será fijar un salario mínimo, además de ítems y adicionales que se aplicarán a todos los trabajadores municipales de la provincia.
El artículo 2 de la norma entiende por trabajadores municipales "a todas las personas que por acto administrativo emanado de autoridad competente, prestan servicios remunerados en las municipalidades o en organismos públicos autárquicos, vinculados funcionalmente con una o más municipalidades de la provincia de Mendoza", quedando exceptuados:
- a) las autoridades electivas de los departamentos deliberativo y ejecutivo de las municipalidades;
- b) secretarios, subsecretarios y directores del departamento ejecutivo, presidentes y miembros de los directorios de empresas municipales, autoridades superiores de entes autárquicos, vinculados funcionalmente con una o más municipalidades;
- c) secretarios y demás funcionarios superiores de los concejos deliberantes y de los bloques que lo constituyen;
- d) asesores y secretarios privados de miembros de los concejos deliberantes.
Según el texto de la ley, el Consejo tendrá como fin elaborar propuestas, recomendaciones, y pautas generales. En ese sentido podrá:
- a) Determinación del salario básico para los trabajadores municipales de la Provincia de Mendoza usando como referencia la canasta básica total (CBT) elaborada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).
- b) Establecer pautas generales tendientes a la uniformidad de criterios en lo relativo a licencias, adicionales, asignaciones y subsidios de los trabajadores municipales
- c) Producir informes y estadísticas sobre el empleo municipal en los Municipios de la Provincia y formular propuestas y sugerencias para una mejor calidad del empleo público en dicho ámbito.
Además, el proyecto "obliga" a las partes a negociar "de buena fe", lo que implica:
- a) La concurrencia a las negociaciones y a las audiencias citadas en debida forma.
- b) La realización de las reuniones que sean necesarias, determinado que el consejo deberá revisar los salarios establecidos considerando las variaciones de la canasta básica total (CBT).
- c) La designación de negociadores con idoneidad y representatividad suficientes para la discusión del tema que se trate.
- d) La realización de esfuerzos conducentes a lograr acuerdos.
En ese sentido, el texto remarca que “no puede ser que tengamos empleados que ganen menos que un plan social” y destaca que la conformación del Consejo permitirá convocar a gremios y municipios para acordar “las bases de un salario digno y acorde a la actualidad del país”.
Fondo de Emergencia para municipios
El proyecto también crea el Fondo de Asistencia Municipal Salarial (FAMS), que se financiará con porcentajes de la coparticipación, parte de la mayor recaudación provincial y otros recursos presupuestarios.
Según se establece, el FAMS se distribuirá entre los municipios bajo tres parámetros: un 30% en partes iguales, un 45% según índices poblacionales y un 25% por indicadores de eficiencia municipal.
“Tenemos la esperanza de que dicho consejo traiga algo de equidad a esta situación tan injusta, y ha sido la persecución de esa equidad lo que motiva este proyecto que ponemos a disposición a fin de que brinden cualquier mejora o propuesta que lo enriquezca”, remarcó González en los fundamentos.
Finalmente, el senador pidió acompañamiento a sus pares: “En base a los argumentos dados y los que oportunamente daremos es que solicitamos la aprobación del presente proyecto de ley”..