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Fuerte revés para Javier Milei: la Justicia le dio la derecha a la CGT para seguir haciendo paros

La Justicia hizo lugar a una cautelar solicitada por la CGT y suspendió los efectos de los artículos 2 y 3 del decreto que ampliaba el alcance de los servicios esenciales.

La Justicia falló a favor de la CGT. Foto: x @cgtoficialok

La Justicia falló a favor de la CGT. Foto: x @cgtoficialok

En una resolución clave para el mundo sindical, la Justicia Nacional del Trabajo resolvió suspender de manera provisoria dos artículos del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) firmado por el presidente Javier Milei. La medida responde a un pedido de amparo presentado por la Confederación General del Trabajo (CGT), que denunció una afectación directa al derecho a huelga y a la libertad sindical.

La sentencia, firmada este lunes por la jueza nacional Moira Fullana, considera que el decreto vulnera principios constitucionales al modificar el régimen de servicios esenciales sin pasar por el Congreso. En concreto, los artículos impugnados incorporaban a la Marina Mercante como actividad esencial, lo que implicaría restricciones al derecho a huelga.

La magistrada reconoció la legitimidad activa de la CGT para iniciar el amparo en defensa de los derechos colectivos de los trabajadores, y destacó que el Congreso se encuentra en sesiones ordinarias. Por lo tanto, no se configuran las condiciones de "necesidad y urgencia" que habilitan al Poder Ejecutivo a legislar por decreto, según lo establece el artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional.

Además, Fullana sostuvo que admitir la vía judicial en este contexto no implica invadir competencias del Congreso, sino ejercer el control constitucional que corresponde al Poder Judicial frente a decretos que pudieran exceder los límites establecidos por la Carta Magna.

La jueza también se refirió a la falta de verificación de una situación de emergencia real e insoslayable que justificara el dictado del DNU en forma unilateral. Afirmó que, en casos como este, el control judicial debe ser riguroso, especialmente cuando están en juego derechos fundamentales de raigambre constitucional e internacional, como la libertad sindical y el derecho de huelga.

El fallo también responde a un intento del Gobierno de desplazar la causa al fuero contencioso administrativo, recurso que la Justicia del Trabajo desestimó por considerarlo improcedente en acciones de amparo.

La medida cautelar dispuesta no implica un pronunciamiento definitivo, pero suspende preventivamente los artículos cuestionados hasta que haya sentencia de fondo.