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Encubrimiento del crimen de Mariano Ferreyra: el sobre con 50 mil dólares a nombre de "Octavio" y la trama para influir en la Justicia

El Tribunal Oral 8 dio a conocer los fundamentos del juicio donde dio por probado que una organización buscó manipular el funcionamiento de la Cámara de Casación Penal para beneficiar a los acusados por el asesinato del joven militante en 2010.

Mariano Ferreyra, el joven asesinado en Avellaneda. Foto: web

Mariano Ferreyra, el joven asesinado en Avellaneda. Foto: web

El hallazgo de un sobre marrón que contenía cinco fajos de cien billetes de cien dólares en la caja fuerte del estudio jurídico de Octavio Aráoz de Lamadrid fue el disparador de lo que 15 años después revelaría una estructura criminal que usaba al poder judicial para buscar la impunidad de sindicalistas ferroviarios por la muerte de Mariano Ferreyra. Por entonces nadie sabía que ese sobre con el nombre “Octavio” escrito a mano se convertiría en la pieza clave de dicho entramado.

Esa fue una de las conclusiones a las que arribó el Tribunal Oral Federal Número 8, que dio a conocer los fundamentos del debate finalizado el pasado 21 de mayo, donde las juezas Gabriela Lopez Iñiguez, Sabrina Namer y su par Nicolas Toselli analizaron a lo largo de los 9 meses de audiencias cómo fue el funcionamiento de una estructura que, según la acusación del fiscal Marcelo Colombo, pretendía utilizar dinero, vínculos personales y posiciones estratégicas dentro del Poder Judicial para obtener decisiones favorables en la causa que investigaba el crimen del militante del Partido Obrero.

El objetivo era impedir que el expediente siguiera su curso natural y lograr que los recursos de los acusados terminaran en una sala de la entonces Cámara Nacional de Casación Penal, cuyos integrantes mantenían relaciones previas con algunos de los protagonistas de la maniobra.

La finalidad última, según los jueces, era conseguir la revocación de los procesamientos y las prisiones preventivas de los imputados y evitar que el entonces secretario general de la Unión Ferroviaria, José Pedraza, quedara alcanzado por la investigación. "Los imputados y el fallecido Pedraza forjaron distintos pactos venales dirigidos a la selección irregular de los magistrados", resume el requerimiento fiscal incorporado por el tribunal.

José Pedraza

José Pedraza

La historia comienza cuando la investigación por el homicidio de Mariano Ferreyra ya había avanzado sobre quienes participaron del ataque ocurrido en Barracas. Los procesamientos estaban confirmados y las defensas preparaban los recursos para llegar a la Cámara de Casación. Fue entonces cuando, según la reconstrucción judicial, comenzó a funcionar un engranaje paralelo.

En un extremo aparecía Octavio Aráoz de Lamadrid, un abogado que había trabajado durante años junto al juez Eduardo Riggi en la Cámara Nacional de Casación. En el otro, Luis Ameghino Escobar, funcionario de la Oficina de Sorteos del mismo tribunal y antiguo compañero de trabajo del abogado. Entre ambos existía un vínculo previo que la fiscalía consideró decisivo para la maniobra. Sin embargo, algo faltaba, más allá de los contactos.

El TOF 8 reconstruyó que el 26 de enero de 2011 había ingresado un recurso de queja relacionado con uno de los imputados por el homicidio de Ferreyra. La investigación sostiene que Ameghino Escobar registró ese recurso en el sistema informático de manera tal que quedara asignado a la Sala III de Casación. Ni bien terminó la operación, envió un mensaje de texto a Aráoz de Lamadrid para avisarle que el objetivo se había cumplido.

Días más tarde, ambos volvieron a encontrarse personalmente en Comodoro Py y el abogado obtuvo la carátula del expediente sorteado. Esa copia terminaría luego secuestrada durante un procedimiento sobre el fallecido Juan José Riquelme, otro de los hombres señalados como nexo de la organización.

La importancia de esa maniobra no residía solamente en el sorteo. Según la acusación, una vez que el expediente quedaba radicado en la Sala III, se abría la posibilidad de hacer valer influencias sobre magistrados con quienes algunos de los involucrados mantenían relaciones personales desde hacía años.

Namer, Toselli y López Iñiguez señalaron que ese supuesto tráfico de influencias tenía un financiamiento específico. La investigación atribuyó a Ángel Luis Stafforini, entonces vicepresidente de Belgrano Cargas, la tarea de reunir el dinero que debía utilizarse para concretar los pagos. El origen de esos fondos, según sostuvo el Ministerio Público Fiscal, estaba en la Unión Ferroviaria y en la propia empresa ferroviaria controlada por el sindicato.

A las 13.37 del 1 de febrero de 2011, Stafforini ingresó a una sucursal del Banco Galicia, donde permaneció poco más de veinte minutos. Salió con los dólares retirados de una caja de seguridad y, acompañado por la abogada Susana Planas, se dirigió al estudio jurídico de Aráoz de Lamadrid, en la calle Viamonte, lugar que para el fiscal Colombo fue donde se concretó la entrega que era parte de una suma mayor que ya había comenzado a pagarse y que aún tendría un saldo pendiente de US$25.000.

Sin embargo, para Colombo aquella entrega no agotaba la finalidad del dinero. En los fundamentos se señala que la coima también estaba destinada al funcionario encargado del sorteo, aunque el secuestro inmediato de los dólares impidió que esa porción pudiera distribuirse.

La sentencia también incorpora otra dimensión menos visible de la maniobra. Mientras se buscaba direccionar el expediente hacia la Sala III, también se intentaba evitar que cualquier recurso fuera resuelto durante la feria judicial de enero de 2011. Para la fiscalía existieron gestiones para influir sobre magistrados que integraban la sala de feria con el objetivo de que postergaran el tratamiento de los planteos hasta que concluyera el receso y pudiera intervenir el tribunal considerado más conveniente.

El juicio no estuvo centrado únicamente en la existencia de esas maniobras. Las defensas cuestionaron prácticamente toda la investigación: denunciaron nulidades, objetaron las escuchas telefónicas, discutieron los allanamientos, plantearon la violación del plazo razonable y sostuvieron que algunas pruebas habían sido obtenidas de manera irregular. Los jueces dedicaron buena parte de los fundamentos a responder uno por uno esos planteos antes de analizar la responsabilidad penal de cada acusado.

A partir de ahora, las partes tendrán la posibilidad de apelar y dejar en manos de la Cámara Federal de Casación la revisión de las condenas de 5 años de prisión para Aráoz de Lamadrid y las absoluciones de Ángel Luis Stafforini por encontrarse prescripta la acción penal en su contra y de Susana Planas luego que el fiscal Colombo se abstuviera de acusarla durante su alegato.