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El proceso constitucional de la primera autonomía municipal en Mendoza largó cruzado

San Rafael comenzó con su proceso de autonomía, un concepto necesario pero mal implementado, ya que en lugar de ampliar la participación, se intenta conducir y manipular el procedimiento desde estructuras cerradas.

Alfredo Cornejo y el intendente de San Rafael, Omar Félix.

Alfredo Cornejo y el intendente de San Rafael, Omar Félix.

Gobierno Mendoza

Hace tiempo, desde mi fuerza política venimos pugnando por poner en debate la necesidad de que los municipios cuenten con autonomía plena. Se trata de una discusión de fondo y con múltiples implicancias hablar de una administración departamental autónoma.

La autonomía tiene fuertes virtudes. Permite que los intendentes electos dejen de depender de los “favores” del gobernador y de sus funcionarios, cualquiera sea el signo político de quien circunstancialmente ejerza el poder provincial. Las decisiones que afectan la vida cotidiana de una comunidad no deberían estar supeditadas a voluntades lejanas ni a relaciones de subordinación política.

El gobernador, por una cuestión natural, está muy lejos territorialmente de los temas que hacen a la realidad de cada municipio. La autonomía, en cambio, habilita a que las comunidades puedan administrar sus propios asuntos. Es el federalismo en su máxima expresión. Así peleamos, desde los inicios de la historia de nuestra Nación.

Cabe recordar que con la reforma de la Constitución Nacional de 1994 se reconoció expresamente la legitimidad y legalidad de la autonomía municipal: una pieza fundamental del sistema federal argentino.

Veamos algunos ejemplos concretos de la vida cotidiana. ¿Por qué el gobernador debe decidir sobre el lugar donde se coloca un semáforo en Junín? ¿Por qué debe resolver las habilitaciones de los emprendimientos en Malargüe? ¿Por qué el gobernador no cede las actuaciones de la policía para la prevención ciudadana en los departamentos asignando los fondos necesarios?

En la Argentina existe un hecho reciente y claro: el traspaso de la Policía Federal a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con recursos para que no fuere una mera declaración y/o declamación.

Podríamos enumerar una lista interminable de acciones, decisiones y competencias que, de ser ejercidas localmente, cambiarán notoriamente la manera de vivir.

Pero la picardía siempre está a flor de piel.

El poder llama y conjura en contra de la masa de ciudadanos, y termina operando en beneficio de unos pocos. En lugar de convocar y ampliar la participación, se intenta conducir y manipular el proceso desde estructuras cerradas. La ordenanza municipal que impulsa el proceso constituyente en San Rafael, cruzó la barrera de esta lógica, que está visto tanto el Partido Justicialista como el Partido Radical piensan que estarán siempre apoderados de la verdad.

La picardía del ontendente de San Rafael y del gobernador de Mendoza -que hace la vista gorda- apunta a concentrar la redacción de la futura Carta Orgánica del departamento en manos de los dos partidos tradicionales: el PJ y la UCR. ¡Pícaros! Quedan afuera los ciudadanos y el resto de las fuerzas políticas, las cámaras de comercio e industria, las organizaciones sociales y todo aquel que no tenga la ficha de afiliación de esos espacios.

Por eso fue necesario poner un freno a todo esto, y nosotros lo hicimos ante la Suprema Corte de Justicia de Mendoza solicitando la suspensión del llamado a elecciones en las condiciones alocadas en que fue dispuesto el llamado de las elecciones de esta manera alocada pretendida por Justicialistas y sus aliados.

El llamado dispuesto por el intendente desconoce la competencia provincial, omite el plebiscito previo obligatorio y no fue aprobado con la mayoría agravada exigida por la Constitución de Mendoza.

Este proceso nos involucra a todos los mendocinos en cada departamento. San Rafael ha dado el puntapié inicial, pero los 18 departamentos deberán, en algún momento, prepararse para encarar un debate que implicará reformas estructurales en la forma de administrar y organizar la vida cotidiana de nuestra comunidad.

Para que este proceso sea legítimo, debe ser transparente y lejos del avatar electoral distorsionan y contaminan una convocatoria ciudadana que debería estar desprendida de los partidos políticos. La representación de los partidos políticos es posterior a la redacción de la carta fundacional.

En San Rafael, pícaramente, el intendente obvió todos los mecanismos ciudadanos, con el aval del gobernador que optó por mirar hacia otro lado. Claro está que hay un intento de concentración del proceso constituyente en manos del Partido Justicialista y el Partido Radical. Esto es grave, porque todo el resto de los partidos quedan afuera, y, lo que es más grave, se priva la ciudadanía de la posibilidad de decidir libremente -por el “sí” o por el “no”- si quiere o no avanzar hacia un cambio institucional de esta magnitud.

La Corte deberá resolver si suspende las elecciones previstas para el 22 de febrero de 2026, a fin de evitar un daño a los ciudadanos incautos de estas picardías de los dos partidos -Justicialista y Radical- que intentan, a través de trampas, detentar poder.

José Luis Ramón

La solicitud ante la Suprema Corte

Acción inconstitucionalidad San Rafael